Anulan la hipoteca de una vivienda ilegal tras ser condenada la vendedora por estafa

La perjudicada, defendida por el despacho aragonés de Dorinda Aventín, será indemnizada con 20.000 euros por los daños morales. 

El juicio se está desarrollando en la Audiencia Provincial de Madrid.
El juicio se desarrolló en la Audiencia Provincial de Madrid.
Efe

El despacho de abogados de Dorinda Aventín, con sedes en Monzón, Lérida, Madrid y Barcelona, ha conseguido anular la hipoteca de una vivienda que fue declarada ilegal al no disponer de licencia después de que la Audiencia Provincial de Madrid haya condenado a la vendedora a dos años de prisión por estafa. Además, la perjudicada, defendida por la letrada Begoña María Aventín, será indemnizada con 20.000 euros por daños morales al verse "emocionalmente afectada" por no poder habitar la vivienda y obligada a continuar con el pago de la hipoteca.

El fallo considera probado que la parcela, situada en la localidad Guadarrama, solo permitía la construcción de una vivienda unifamiliar aislada o pareada de 1.000 metros cuadrados. Tras recibir por parte del Ayuntamiento la licencia de primera ocupación de vivienda unifamiliar aislada, la acusada otorgó dos escrituras sucesivas para dividirla en seis más pequeñas sin solicitar ni obtener ningún tipo de licencia municipal ya que no habrían podido obtenerla por ser contrarias a la normativa urbanística.

Como resultado de lo anterior, se creó, dentro de la unifamiliar, una subvivienda que se inscribió en el Registro de la Propiedad de 60,75 metros cuadrados en la planta semisótano. Para ello, efectuó obras sin licencia.

Tras ello, la acusada, abogada de profesión, "guiada por el ánimo de obtener un beneficio ilícito", según destaca la sentencia, procedió a vender, a principios de 2008, la citada vivienda por un precio de 180.303,63 euros, "pese a que jurídicamente no era posible el uso de tal fragmento del inmueble como vivienda, lo que la acusada en ningún momento manifestó a los compradores a quien tampoco comunicó que la división de la vivienda se había efectuado sin licencia", añade.

El 21 de enero de 2008, los compradores firmaron un contrato de arras entregando en ese momento a la acusada la cantidad de 3.000 euros como señal. Y una semana después ya suscribieron una escritura pública de compraventa abonando el resto del precio. 

Para financiar la compra del inmueble, recibieron un préstamo por importe 196.500 euros de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (actualmente Banco Sabadell). Pero esta hipoteca se otorgó sin advertir la sociedad de tasación vinculada a la Caja de la situación de la vivienda contraria a las normas urbanísticas "y la consiguiente imposibilidad para los compradores de obtener la cédula de habitabilidad".

Como consecuencia de estos hechos, tuvieron que pagar 687,75 euros por los gastos de comisión de apertura del préstamo hipotecario y  otros 6.352,82 euros por gastos de Notaría, Registro, Gestoría e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, tanto de la compraventa como de la hipoteca

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la acusada a dos años de cárcel y una multa de 1.080 euros por un delito de estafa agravada con la atenuante muy calificada de dilaciones indebidas ya que la instrucción del caso se prolongó durante diez años. Además, ha declarado la nulidad de la compraventa y también del contrato hipotecario por negligencia de la sociedad de tasación de la entidad bancaria, que ahora deberá devolver a la perjudicada los gastos, comisiones e intereses generados y abonados. 

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