Condenan al Ministerio a reembolsar 850.000 euros en ayudas de VPO a la DGA

La Audiencia Nacional falla a su favor en dos litigios de promociones de Huesca y Zaragoza y hay tres más similares en Aragón por importe de otros 700.000 euros que podrían tener la misma resolución judicial. 

Foto de archivo de la construcción de las 117 VPO en la calle Teruel de Huesca.
Foto de archivo de la construcción de las 117 VPO de Huesca que recibió ayudas por eficiencia energética.
Rafael Gobantes

Primero fue el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, luego el Supremo y ahora la Audiencia Nacional. Hasta tres órganos judiciales han intervenido ya para dirimir si había que abonar o no unas ayudas por eficiencia energética con cargo al Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009/2012 a distintas promociones de protección oficial que se levantaron en Aragón hace casi una década y en caso afirmativo, qué administración debía hacerse cargo del pago de las mismas.

Las últimas sentencias de este largo litigio –contra las que todavía cabe un último recurso– han dado la razón al Gobierno de Aragón obligando al Ministerio de Transportes a reintegrarle 850.000 euros que en su día abonó a una empresa constructora en Huesca y a una cooperativa en Zaragoza por 301 VPO. Sin embargo, la lista de reembolsos podría aumentar ya que hay otras tres promociones de Zaragoza y de Teruel que también recibieron 700.000 euros de la DGA por este mismo concepto.

Una de las demandas fue promovida por Neurbe Pirineos, sociedad del grupo zaragozano Brial que, a raíz de la quiebra de Bruesa –la promotora inicial– se hizo cargo de las obras de un edificio de 117 VPO en los antiguos terrenos del cuartel de Artillería de Huesca. La consejería de Vertebración le denegó el pago de estas ayudas (2.000 € por piso) que habían sido reconocidas en la calificación provisional, en base al Plan Estatal de Vivienda 2009/2012.

El abono estaba condicionado a obtener la calificación definitiva y a comprobar que se habían ejecutado las medidas de ahorro energético, como así fue. Pero la DGA argumentó que esa calificación había llegado tras la entrada en vigor de una nueva ley aprobada por el Gobierno central en 2013 con la llegada de la crisis, que suprimió todas las ayudas no concedidas hasta esa fecha.

El TSJA dio la razón a la empresa, pero el Gobierno de Aragón recurrió al Supremo, que volvió a fallar a favor de Brial sentenciando que no necesitaba la autorización definitiva del Ministerio y dejando claro que al otorgar la calificación provisional, ya se reconoció el derecho al cobro de la ayuda.

Doctrina del Supremo

En su sentencia, el Supremo estableció como doctrina que la disposición adicional segunda de la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, debía ser interpretada en el sentido de que el inciso final de dicho apartado ("se suprimen y quedan sin efecto el resto de subvenciones acogidas a los Planes Estatales de Vivienda") no operaba respecto de aquellas ayudas acogidas a los planes que ya hubieran sido reconocidas por el órgano competente de la Administración autonómica. Y ello aunque el pago estuviera subordinado al cumplimiento de determinadas condiciones que no conllevaran una nueva autorización.

Aplicando esta jurisprudencia, la consejería de Vertebración solicitó al entonces Ministerio de Fomento que le reintegrara la cantidad abonada a Neurbe Pirineos de 264.686,75 euros (234.000 euros de las ayudas para 39.642,16 euros de intereses) en concepto de ayuda estatal a la eficiencia energética. Pero la Secretaría General de Vivienda se opuso porque la justificación de la inversión y la calificación definitiva fueron posteriores a la entrada en vigor de la Ley 4/2013 que dejó sin efecto las ayudas. Y ahora la Audiencia Nacional le ha dado la razón a la DGA sentenciando que el requisito de la calificación definitiva es "irrelevante" porque una vez cumplidas las condiciones "no se requiere autorización posterior para la recepción de las ayudas". Y por ello, declara la obligación del Ministerio de asumir el coste de la ayuda y de reintegrársela.

Es la segunda sentencia que la Audiencia Nacional dicta a favor de la DGA por estas ayudas de eficiencia energética. Y es que también reconoció el derecho al reintegro por parte del Ministerio de 573.728,13 euros abonados por la Administración autonómica a la Sociedad Cooperativa de Viviendas Sociales Saraqusta que promovió en su día 184 VPO en Arcosur y que recibió 2.800 euros por vivienda tras otro litigio judicial.

El mismo camino podrían seguir otros litigios en los que el Tribunal Supremo ya ha fallado a favor de tres promotoras de Aragón obligando a la DGA a abonar 700.000 euros por esas ayudas por eficiencia energética que deberá reembolsar también el Ministerio. Se trata de un proyecto de 142 VPO que impulsó Construcciones Mariano López Navarro en Montes de Torrero y por los que recibió 397.600 euros; otro de la Sociedad Cooperativa de Viviendas Backspin de 17 VPO en Parque Goya de Zaragoza (34.000 euros); y otro de Airon Cinco Sociedad Cooperativa Limitada de 77 VPO en Teruel (269.500 euros).

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