El TSJA absuelve al acusado de una violación en una peña de Aínsa que pasó un año en la cárcel

La sentencia de apelación menciona la ingesta de alcohol por parte de ella, un wasap enviado al día siguiente a él o la foto de los dos abrazados para concluir "la existencia de una duda razonable sobre lo sucedido". 

Sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que ha dictado la sentencia de apelación.
Oliver Duch

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha confirmado la absolución de un joven de 25 años que estuvo 12 meses en prisión provisional acusado de una violación en una peña de Aínsa en 2018. La Audiencia de Huesca lo declaró inocente el pasado mes de febrero basándose en la duda razonable sobre lo ocurrido en el local. Ahora el tribunal de apelación considera correcta la sentencia, que puso en tela de juicio la coherencia del relato de la denunciante, de 21 años, por circunstancias como que había bebido cuatro copas de whisky en apenas cuatro horas, pese a no estar acostumbrada y a tomar antidepresivos, se fotografió con él abrazada y al día siguiente le envió un wasap. 

La Audiencia determinó que la víctima pudo haber "deformado inconscientemente el recuerdo de su vivencia en la peña" y haber reconstruido en su memoria algunas lagunas partiendo de los fragmentos que conservaba. Tampoco descartó la hipótesis de que otro varón entrara en el local después de haberse ido el acusado. Además, si bien en la camiseta y en la braga de la víctima había semen del acusado, podría deberse a la contaminación por transposición o transferencia entre superficies, dado que se trata de un lugar muy frecuentado por el acusado, que mantenía allí citas íntimas.

"No se concluye que la denunciante pueda faltar a la verdad voluntaria o conscientemente, sino que ella misma desconoce con certeza qué fue lo que ocurrió", señala ahora el TSJA en su fallo de apelación, desestimando el recurso del fiscal y el abogado de la víctima. Estos acusaron al joven de agresión sexual con penetración vaginal y anal de carácter particularmente vejatorio o degradante y le pedían 13 y 15 años de cárcel, respectivamente.

Según la Fiscalía de Huesca, hubo "un error en la valoración de la prueba", que debió hacerse desde la perspectiva de género, y solicitó revocar la absolución y anular el juicio. En su opinión, el testimonio de ella era creíble y la fotografía fue indebidamente interpretada. "Como en unos segundos la víctima y el acusado estuvieron juntos en el sofá haciéndose una foto, ¿ya no cabe que hubiera una agresión sexual?", se preguntó en el recurso.

Pero el TSJA menciona también la ingesta de alcohol, el wasap o la foto de aquella noche donde aparecen abrazados, vestidos y en actitud cariñosa en el sofá de la peña, para concluir "la existencia de una duda razonable sobre lo sucedido que debe resolverse en aplicación del principio ‘in dubio pro reo’ constitucionalmente sancionado". Aún cabe un recurso de casación al Supremo, como ha recordado el abogado defensor del acusado, Alejandro Sarasa.

De acuerdo con los hechos probados en la sentencia de la Audiencia de Huesca, el procesado, en la madrugada del 3 de febrero de 2018, acudió a una fiesta en un pub. Conocía a la víctima de vista y de saludarse por la calle, habiendo coincidido en alguna fiesta. Se encontraron en el bar. La joven reconoció que "esa noche había bebido mucho". Se “enrollaron”, "intercambiando besos, caricias y abrazos", de los que hay pruebas en las fotos que ella tomó con su móvil.

Cuando cerraron el pub, se marchó junto con el acusado, "dispuesta a dormir con él". Los acompañó al principio un amigo del implicado, ante el cual permanecieron acaramelados besándose. El amigo los dejó y "siguieron ya solos en busca de un espacio con intimidad, con la intención de disfrutar mutuamente de su libertad sexual". "Hablaron de mantener relaciones sexuales", pero ninguno llevaba un preservativo, "por lo que ella dio por sentado que, aunque no lo hubieran dicho expresamente, quedaba sobreentendido que no iban a tener relaciones sexuales completas sino que, como mucho, llegarían al sexo oral".

El acusado la llevó a su peña. Según la sentencia, no está probado lo que sucedió a partir de ese momento, salvo que estuvieron un tiempo indeterminado juntos en el interior, tras lo cual el acusado se marchó y ella se quedó allí sola durmiendo en un colchón hasta por la mañana, cuando llamó a un amigo por teléfono comunicándole, confusa y aturdida, que le habían pasado cosas y que un hombre le había dado una paliza.

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