La jueza ordena seguir adelante con la entrega de los bienes a Barbastro

El juzgado desestima los escritos de oposición presentados por el Museo y el Obispado de Lérida y la Generalitat contra la ejecución provisional de la sentencia, justo el día del tercer envío de las 111 obras de arte.

Personal del Museo Diocesano de Barbastro examina el Sagrario de Gabarre.
Personal del Museo Diocesano de Barbastro examina el Sagrario de Gabarre .
Museo de Barbastro

El juzgado de Barbastro ha despejado definitivamente el camino para que se haga efectiva  la sentencia que ordena devolver los 111 bienes de las parroquias aragonesas. En un auto comunicado a primera hora de este viernes desestima íntegramente las oposiciones de la Generalitat de Cataluña, el Consorcio del Museo de Lérida y el Obispado  de Lérida, y declara procedente que la ejecución provisional siga adelante en los térmicos ya acordados el 17 de diciembre del 2020, cuando se puso fecha a la devolución. El auto no es recurrible.

El auto coincide con el envío este viernes de una tercera entrega de los bienes, fuera del plazo acordado, el 15 de febrero, por parte del Museo de Lérida, que ya ha devuelto 28 piezas y tiene pendientes otras 83. Estas las llevará en dos viajes, el 5 y el 1o de marzo, según el plan de entrega comunicado al juzgado.

En el auto, la juez sustituta, Pilar Juste, rechaza los argumentos expuestos por las partes catalanas, como la imposibilidad de restaurar la situación si tribunales superiores revocan la sentencia, dada la fragilidad de las piezas y el posible daño que se pudiera causar en el traslado. Otras razones eran la falta de competencia del juzgado para ordenar la entrega, el insuficiente plazo otorgado o que no se tenía en cuenta que los bienes formaban parte de una colección catalogada en Cataluña. 

Respecto a la competencia, el auto recuerda que la Sala de Conflictos Jurisdiccionales del Supremo ya dejó zanjada la cuestión diciendo que la jurisdicción del juzgado es "indiscutible".  En cuanto a posibles daños en los objetos, no se ha acreditado la imposibilidad de llevar a cabo correctamente el traslado "ni menos, los daños irreparables".

También se pronuncia sobre el plazo, para concluir que "es más que factible" que en el periodo indicado, hasta el 15 de febrero, se podía haber realizado sin necesidad de prórrogas. Y además rechaza la caución de 600.001 euros pedida por Cataluña.

Por último, contesta el argumento de la Generalitat sobre la seguridad de los bienes en su nueva ubicación. El Gobierno de Cataluña dijo que no podían volver a las iglesias de las que salieron al no tener condiciones para albergarlas, pero la jueza le responde recordando que el destino no son las parroquias. "No existe prueba alguna de que el lugar de destino de los bienes, el Museo de la Diócesis Barbastro Monzón, no cumpla con las condiciones necesarias y disponga del personal técnico para garantizar la conservación y la restauración de las piezas museísticas", concluye. 

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