Cataluña recurre la sentencia que le ordena devolver 111 obras de arte a las parroquias aragonesas

La Generalitat, el Consorcio del Museo y el Obispado de Lérida apelan contra el fallo del juzgado de Barbastro argumentando que los bienes son suyos y deben autorizar el traslado. También exigen el pago de los gastos de conservación.

Juicio entre los obipos de Barbastro y Lerida por los bienes enel juzgado de Barbastro /16-5-19 / Foto Rafael Gobantes [[[FOTOGRAFOS]]]
Un momento del juicio, celebrado en mayo, que enfrentó a los obispos de Barbastro y Lérida.
Rafael Gobantes

Cataluña sigue quemando cartuchos para intentar detener por todos los medios judiciales a su alcance el retorno de las 111 obras de arte de las parroquias aragonesas depositadas en el Museo Diocesano de Lérida. El Consorcio de este museo, el Obispado de Lérida y la Generalitat han anunciado la interposición de sendos recursos contra la sentencia del juzgado número 1 de Barbastro, de 10 de diciembre de 2019, ordenando su devolución a la diócesis de Barbastro-Monzón. De hecho, la Generalitat ya lo ha formalizado y las otras dos partes lo harán antes del jueves, 5 de noviembre. 

Los recursos reactivan el procedimiento judicial, interrumpido unos meses por la intervención del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, que rechazó la competencia de Cataluña para decidir sobre los bienes en litigio y respaldó la potestad del juzgado para resolver. Solucionado este escollo, se abrió el plazo para apelar la sentencia de primera instancia ante la Audiencia de Huesca.

El pleno del Consorcio del Museo de Lérida, reunido el pasado lunes de forma telemática, y del que forman parte la Generalitat y el Obispado, además de la Diputación y el Ayuntamiento de la ciudad catalana, puso en común el contenido de los recursos. El del Consorcio sigue defendiendo que la propiedad de los bienes es del obispado ilerdense y deben seguir en el Museo. Cualquier traslado, a su juicio, debería ser autorizado por el departamento de Cultura de la Generalitat "con independencia de quien sea el propietario, razón por la cual el juzgado invade competencias de la administración catalana al ordenar su devolución". Este argumento olvida que el Tribunal de Conflictos, encargado de dirimir disputas entre los juzgados y la administración se pronunció claramente negando la competencia al Gobierno catalán.

Una hipotética devolución, según el Consorcio, debería ir acompañada del pago de los gastos de conservación y custodia de los bienes durante todos estos años. La sentencia del juez de Barbastro ya rechazó esta petición, formulada en la vista oral celebrada en mayo del 2019, porque no se había fijado una cantidad concreta. 

El Obispado de Lérida también muestra su desacuerdo con la sentencia. Se declara propietario de los bienes, como mínimo por usucapión (adquisición de una propiedad por su posesión continuada) e insiste en que no se han valorado algunas de la pruebas aportadas, como un protocolo notarial. La principal prueba aportada por Lérida en el juicio fue el documento firmado en diciembre de 2004 por un notario de Barcelona a instancias del obispo Francesc Ciuraneta basadas en las cartas y dietarios en los que supuestamente los párrocos aragoneses cedían las piezas al prelado de Lérida, cuando dependían de esta diócesis. El juez no les dio validez. Según los abogados aragoneses, el notario se limitó a certificar lo que dijo Ciuraneta, y por contra, en el juicio no presentaron ningún contrato de compra-venta ni licencias de las autoridades eclesiásticas permitiendo las transacciones.

La Generalitat, que ya ha formalizado el recurso, insiste en que la sentencia le condena a devolver un patrimonio sin haber podido ejercer su derecho de defensa. No se personó en el juicio y lo hizo posteriormente como parte coadyuvante, no como demandada, ya que la reclamación era contra el obispado y el Museo, que son quienes retienen las obras. E insiste, a pesar de la resolución del Tribunal de Conflictos, en que no se han respetado las competencias administrativas en relación a la gestión y salida de los bienes. Estos, señala la apelación, "han estado, y están hasta la presente fecha, en Cataluña de forma claramente legal, sin que se halla acreditado un origen malicioso".

Los letrados del Obispado de Barbastro-Monzón y del Gobierno de Aragón tienen 10 días para contestar a los recursos. Según la representación legal de la diócesis aragonesa, ejercida por Joaquín Guerrero con la colaboración del abogado Jorge Español, "son todos argumentos ya muy manidos", como el de la inclusión de las 111 piezas en una colección indivisible o la potestad de la Generalitat para autorizar la salida. "No pueden secuestrar unos bienes a sus verdaderos propietarios, las parroquias", ha declarado Español. 

La sentencia del juzgado de Barbastro no es firme, ya que se va a apelar. A partir de este momento se podría solicitar la ejecución provisional de misma. El obispo, Ángel Pérez, ya manifestó su intención de hacerlo. La duda está en si lo solicitará ahora o  esperará a que la Audiencia de Huesca la confirme, como pasó con el tesoro artístico del monasterio de Sijena.     

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