el litigio por las 111 obras de arte de las parroquias

Los abogados aragoneses piden al juez de los bienes que no se inhiba y acusan a la Generalitat de actuar "de mala fe"

Han presentado alegaciones para intentar frenar "las maniobras dilatorias" en el retorno de las piezas. 

El juez ordena la inmediata devolución de los 111 bienes a la diócesis de Barbastro-Monzón.El obispo de Barbastro-Monzón, Ángel Pérez, felicita a los abogados de la causa, Joaquín Guerrero, por parte del Obispado, y Alberto Gimeno, en representación de la DGA
El obispo de Barbastro-Monzón, Ángel Pérez, con los abogados Joaquín Guerrero, por parte del Obispado, y Alberto Gimeno, de la DGA
José Luis Pano

Los letrados que representan al Obispado de Barbastro–Monzón y al Gobierno de Aragón en el litigio por la devolución de los 111 bienes de arte sacro en depósito en el Museo de Lérida han pedido al titular del Juzgado número 1 de Barbastro que no se inhiba como propone la Generalitat de Cataluña, que también pide que se eleve este asunto a la Sala de Conflictos del Tribunal Supremo, lo que dilataría la ejecución provisional de la sentencia de retorno de las obras artísticas.

Tras estudiar el conflicto de jurisdicción que planteó la Generalitat en el Juzgado de Barbastro el pasado 7 de enero, los letrados aragoneses presentaron la pasada semana alegaciones para tratar de neutralizar la que se entiende es una nueva maniobra dilatoria por parte catalana para no acatar la sentencia a raíz del juicio celebrado el 16 y 17 de mayo y cuyo fallo se dio a conocer en diciembre.

Los letrados aragoneses plantean en sus alegaciones que un recurso similar ya lo planteó el Consorcio Museístico, del que forma parte la Generalitat, con la finalidad de que el Juzgado de Barbastro se apartara del enjuiciamiento, una cuestión que ya fue rechazada en primera resolución y posteriormente en recurso de reposición, y cuyos argumentos se repiten ahora.

Los argumentos catalanes para pedir la inhibición del Juzgado en este proceso son que se trata de una “ disgregación de una colección” o la existencia de una resolución administrativa, en 2006, la resolución Mieras que ponía bajo la ley de patrimonio catalán los bienes aragoneses, obviando su origen y su situación en depósito.

“Al parecer, cuando a alguien no le gusta la sentencia que se dicta, y a su vez ésta resulta objetivamente tan brillante que se adivina bastante difícil que sea revocada en las instancias judiciales superiores, como ocurre en nuestro caso de autos, no le basta a esa persona con apelarla ante el órgano judicial superior, que es lo único que procesalmente cabría, sino que hay que buscar la forma de desactivarla para que no se cumpla ni se ejecute", comentan los letrados aragoneses en sus alegaciones presentadas ante el Juzgado. Y dudan de que cuando haya que ejecutarla se obedezca, como ya hicieron con el tesoro artístico del monasterio de Sijena los exconsejeros de Cultura catalanes Santi Vila y Lluis Puig, hoy procesados por presuntos delitos de desobediencia a la autoridad judicial y usurpación de atribuciones "pero que no han podido impedir que los bienes transportables se encuentren ya en el monasterio de Sijena".

En su escrito, apelan al proceso judicial civil de Sijena, ya que ven una analogía clara con el litigio de Barbastro. En ese caso, Cataluña también alzó un conflicto de jurisdicción similar al que ha instado en el litigio de los 111 bienes. Fue rechazado por unanimidad por el  Tribunal de Conflictos de Jurisdicción que sentó doctrina diciendo que la competencia para ejecutar dicha sentencia era del Juzgado nº 1 de Huesca que declaraba nulas las ventas del tesoro artístico de Sijena y ordenaba su devolución al cenobio.

“La Generalitat de Cataluña es perfectamente consciente de todo esto y estamos seguros que sabe que este conflicto de jurisdicción será enérgicamente rechazado. Por lo tanto, para esta parte, y con todo respeto, la Generalitat de Cataluña actúa en este proceso con clara y palmaria mala fe”, argumentan desde Barbastro - Monzón.

Por otro lado, los letrados aragoneses consideran que el conflicto de jurisdicción está planteado “de forma indebida y a su vez abusiva”. La Generalitat lo sustenta en “un falso, imaginado e inexistente deber” que le impondría la sentencia para devolver estas 111 piezas. Como recuerdan los letrados aragoneses, no condena al Gobierno catalán sino al obispo de Lérida, ilegítimo depositante, que no contó con el consentimiento de las parroquias aragonesas propietarias, y al ente depositario que alberga dichos bienes, el Museo de Lérida. Un museo, dicen, creado en 1999 que se rige con leyes civiles para servir de “parapeto al obispo de Lérida para que no fuese acusado de desobedecer a la Santa Sede, que le ordenó, como consta en autos, en varias ocasiones que los devolviese”.

Pese a que la Generalitat forma parte del Consorcio museístico, los letrados alegan que tiene su propia y diferenciada personalidad jurídica, independiente de la de sus patronos. Y citan el auto del juez cuando afirma que “la legitimación pasiva correspondería a los demandados pero no a la Generalitat, que en ningún caso dispone de la posesión de los bienes”.

Los abogados aragoneses también apuntan que el conflicto no se plantea a través del presidente de la Generalitat como así lo ordena la ley, y además no se ha dado previa audiencia, antes de plantearlo, a quienes fueron parte en la resolución Mieras. 

Y desmienten la supuesta protección de las leyes catalanas sobre los 111 bienes indicando que la Generalitat ejerce sus competencias en materia de patrimonio cultural “solo mientras las piezas estén en su territorio de forma provisional por voluntad de su dueño y mientras el propietario aragonés no ponga fin a la gestión de las mismas en Cataluña”, como ha solicitado el obispo.

Asimismo indican que la catalogación de patrimonio cultural catalán como colección es provisional y carece de efectos jurídicos a la definitiva que es la catalogación aragonesa, “pues si no, nadie dejaría en depósito bienes fuera de su comunidad de origen”.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión