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La Audiencia Nacional admite que el perito de Ecologistas en el pleito por Almudévar es parcial, pero no invalida su dictamen

Riegos del Alto Aragón formuló tacha contra el experto, que es socio de la organización conservacionista, pero el tribunal dice que la eficacia probatoria y objetividad del informe se valorará a la hora de la sentencia.

Dique oeste, en cuyo interior se encuentra la galería de acceso a las válvulas.
Dique oeste, en cuyo interior se encuentra la galería de acceso a las válvulas.
Confederación Hidrográfica del Ebro

La lucha judicial contra el embalse de Almudévar, cuyas obras ya están en ejecución y se espera que finalicen en noviembre de 2021, sigue adelante. Ahora, la Audiencia Nacional ha atendido la petición de la Comunidad General de Riegos del Alto Aragón y ha admitido que el perito que presentó la organización conservacionista es parcial por ser socio de la misma. Pese a ello, el tribunal rechaza recusarlo e invalidar su dictamen y deja claro que su eficacia probatoria y objetividad tendrá que valorarse a la hora de dictar sentencia. 

Ecologistas promovió un recurso en la Audiencia Nacional contra la aprobación del proyecto y de la declaración de impacto ambiental por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (actual Ministerio de Transición Ecológica). El pasado mes de julio se celebró una vista oral para la práctica de las pruebas. Como codemandados, están personados el sindicato UAGA , Riegos del Alto Aragón y dos comunidades de regantes (Sifón de Cardiel y Monegros Sur Sector XIII).

En esa vista, Riegos formuló tacha contra el perito César González Cebollada, a la que se sumaron tanto el Abogado del Estado en representación del Ministerio como las dos comunidades, mientras que Ecologitas en Acción Huesca se opuso. 

En su argumentación, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que los peritos autores de dictámenes presentados por las partes solo podrán ser objeto de tacha por cinco causas: ser cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad, dentro del cuarto grado civil de una de las partes o de sus abogados o procuradores; tener interés directo o indirecto en el asunto o en otro semejante; estar o haber estado en situación de dependencia o de comunidad o contraposición de intereses con alguna de las partes o con sus abogados o procuradores; amistad íntima o enemistad con cualquiera de las partes o sus procuradores o abogados; y cualquier otra circunstancia, debidamente acreditada, que les haga desmerecer en el concepto profesional. Además, subraya que la jurisprudencia advierte de que "la imparcialidad de los peritos constituye una de las garantías esenciales del proceso". 

El tribunal señala, además, que este experto reconoció durante la vista en la que se ratificaron las pruebas periciales del pleito, entre ellas su dictamen, que era "socio no activo" de Ecologistas en Acción, la entidad que le había propuesto, y que había presentado alegaciones al proyecto del embalse a título individual, movido por la "sana crítica". César González Cebollada, que es profesor de la Escuela Politécnica de Huesca, advierte en su informe de la dificultad y el alto coste del llenado ya que el embalse se construye fuera del cauce y se abastece por el Canal de Monegros. 

En base a todo ello, la Audiencia Nacional ha acordado tener por efectuada la tacha "a efectos de valoración de prueba, como un elemento más, en la sentencia que se dicte". Sin embargo, no considera "procesalmente adecuado" recusarle ni anular su dictamen. Y es que recuerda que la alegación de la tacha "no determina un pronunciamiento especial o expreso del tribunal sobre la misma sino que reserva su eficacia para el momento de la valoración de la prueba, sin que su estimación o desestimación determine necesariamente la eficacia probatoria del dictamen pericial a que se contrae, pues también en este caso rige el principio de libre valoración de la prueba", destaca.

Añade que la jurisprudencia también deja claro que la reprobación de un testigo o perito "no impide al tribunal el poder tener en cuenta, por su razón de ciencia y en conjunción con otras pruebas, su dictamen o testimonio; y en sentido inverso, puede no tenerlo en cuenta aunque no se admita la recusación o tacha".

El abogado de Ecologistas en Acción, Jaime Doreste, reconoce que el perito que presentó "no es imparcial", ya que no ha sido nombrado por la Audiencia Nacional sino que es de parte. "Pero eso no quita para que el informe sea objetivo y acertado", recalca. Por ello, resta importancia al hecho de que el tribunal haya "tomado nota" de esa tacha y asegura que desde la contraria también han propuesto como experto a un comisario de la CHE.

Aparte de este recurso, el Ayuntamiento de Almudévar también tiene planteado otro contencioso-administrativo ante la misma instancia porque el Ministerio inició las obras sin ejecutar en paralelo un plan de restitución para compensar las 1.000 hectáreas inundadas.

El embalse, que lleva ya dos años en obras, tendrá una capacidad de 169 hectómetros cúbicos tras una inversión de 102 millones de euros. Ecologistas en Acción, como demandante, podía haber solicitado la paralización cautelar, pero se arriesgaba, si perdía, al pago de una indemnización millonaria.

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