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El juez anula la reserva de plazas de bomberos para militares en la DPH, pero avala las transferencias de las comarcas

La institución provincial espera que la sentencia no se recurra, pero en ese caso solicitará el levantamiento de la suspensión del proceso para relanzar las oposiciones y que el servicio provincial se pueda crear en 2020.

La vista se celebró hace un mes en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca.
La vista se celebró hace un mes en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca.
Rafael Gobantes

La Diputación de Huesca no podrá reservar 12 de las 58 plazas de bomberos y oficiales del nuevo servicio provincial para militares, sino que tendrá que sacarlas todas a oposición libre. Así lo ha sentenciado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Huesca, fallando a favor de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (CC. OO.) de Aragón y el Sindicato Profesional de Bomberos de Aragón (SPBA) en la demanda que presentaron contra la DPH y el Ministerio de Defensa. El juez, sin embargo, avala el proceso de transferencias del personal de las comarcas y ayuntamientos que pasarán a formar parte del nuevo servicio provincial. 

La Diputación de Huesca ya ha anunciado que no recurrirá y confía en que las demás partes hagan lo mismo. En caso contrario, pedirá el levantamiento de la suspensión del proceso selectivo -paralizado desde hace seis meses con más de 1.000 aspirantes presentados- para poder relanzarlo y cumplir así el compromiso de poner en marcha el servicio provincial en julio del próximo año. Ahora habrá que ver también la posición del Ministerio de Defensa, que se presentó como codemandado para defender los intereses del personal militar.

Desde CC. OO. aseguran estar "plenamente satisfechos" con la sentencia ya que les han dado la razón en el "nudo gordiano" del asunto, la reserva de plazas para militares. En su caso, tampoco tienen previsto recurrir porque su intención también es llevar a cabo las oposiciones cuanto antes "y que el servicio provincial se pueda poner en marcha lo más rápido posible porque ni se puede aguantar la situación laboral del personal de las comarcas ni mantener un servicio tan precario como el que se está dando".

La sentencia estima parcialmente los los recursos interpuestos por el SPBA y CC. OO. y anula las bases de las convocatorias que hizo la Diputación de Huesca para cubrir 24 plazas de bomberos y 34 de oficiales, reservando en ellas 4 y 8 puestos, respectivamente, para militares profesionales o de tropa y marinería que se encuentren en los últimos diez años de su compromiso de larga duración y para los reservistas de especial disponibilidad que se encuentren percibiendo la asignación por disponibilidad. Considera que esta reserva es "contraria a derecho" y ordena que esas 12 plazas se sumen a las del turno libre.

El juez atiende la petición de los sindicatos basándose en que si la Constitución establece que los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, la exclusión de estas 12 plazas tiene que basarse en una norma legal que justifique esta limitación ya que la Administración por sí sola no puede restringir por sí sola este derecho fundamental. 

La DPH y el Ministerio alegaron que la Ley de Tropa y Marinería contempla la posibilidad de facilitar medios al término de su compromiso con las Fuerzas Armadas para apoyar su plena incorporación al mercado laboral. Pero el juez considera que esa orientación y formación ocupacional complementaria "es algo completamente distinto a reservarles de forma exclusiva el acceso a una plaza de funcionario cualesquiera". Y recuerda que si la Ley 8/2006 no ha querido limitar el acceso a los cuerpos de bomberos, como sí ha hecho con policías autonómicas, Guardia Civil, Policía Nacional y vigilantes aduaneros, "no puede hacerlo la Diputación de Huesca pese al argumento analógico y por ello insuficiente de la convergencia histórica entre bomberos y policía local".

La Diputación y Defensa también esgrimieron la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, que permite convocar plazas de personal fijo dirigidas solo a militares profesionales siempre y cuando vayan destinados a aquellos ámbitos que presenten especiales dificultades de cobertura. Algo que, según ambas administraciones, se da en este caso al ser un servicio de reciente creación, con parques situados a 130 km de Huesca, sin bolsas de empleo temporales, con la competencia de un extraordinario número de ofertas de empleo público de plazas de bomberos aprobadas en España, y con unas pruebas físicas muy exigentes. 

Pero la sentencia también refuta este argumentos señalando que "todas ellas son conjeturas a futuro". Además, alude a que hay 933 participantes en la selección de 24 plazas de bomberos y 233 para las 34 de oficial, "cifras con las que en principio no cabe suponer que pueda producirse una dificultad de cobertura". 

Además, el SPBA había solicitado suspender el procedimiento selectivo hasta la completa culminación de los acuerdos de transferencia del personal comarcal ya que, a su juicio, carecía de sentido aprobar la cobertura de plazas sin haber culminado antes ese proceso previo y conocer exactamente cuántos bomberos y operarios de Protección Civil iban a pasar a integrarse en el servicio provincial. Paralelamente, CC. OO. pedía que no se rebajara la oferta de plazas respecto a las que contemplaba la Oferta de Empleo Público y por tanto que se convocaran 60 para bomberos y 48 para oficiales.

A este respecto, el juez rechaza ambas peticiones y concluye que las convocatorias de 24 y 34 plazas sí ha respetado la Oferta de Empleo Público, que contemplaba un total de 60 plazas de bombero y 48 de oficial en un plazo de 3 años. Y es que ya se preveía que el número de plazas que saldrían a oposición se vería reducido en función de los acuerdos que se adopten en las comisiones mixtas de transferencias de los servicios de extinción de incendios y salvamento comarcales y municipales. 

El fallo considera que las demandas de los sindicatos en este caso implican "una crítica de oportunidad o cariz político, pero una sentencia no puede aceptar y emplear tal tipo de argumento sino que puede y debe simplemente constatar si la actuación discrecional de la Administración ha sido o no flagrantemente ilógica, cosa que no ocurre en este caso". Por ello, avala el proceso de transferencias realizado hasta ahora y que permitirá a 56 trabajadores comarcales y municipales pasar a formar parte del futuro servicio provincial de bomberos. 

Desde el SPBA también dicen estar "muy contentos" con el fallo por acoger su tesis de que "el personal militar debe entrar como todos, por el turno libre, sin tener plazas restringidas". En su caso también descartan recurrir para que se desbloquee la creación del servicio. Además, pedirán que se convoque un concurso-oposición aparte para los trabajadores comarcarles y municipales que no sean bomberos funcionarios con el objetivo igualar las categorías laborales dentro del servicio.

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