Declarada en Huesca una nueva zona de interés para la defensa nacional

Incluye cinco enclaves de la provincia que a partir de ahora estarán supeditados a los intereses del Ejército.

Campo de prácticas del Ejército en Batiellas, donde han ocurrido los hechos
Campo de prácticas del Ejército en Las Batiellas, a las afueras de Jaca.
Laura Zamboraín

El Consejo de Ministros ha declarado este viernes seis nuevas zonas de interés para la defensa nacional, una de ellas en Huesca. Las restantes se encuentran en La Rioja, Madrid, Albacete, Burgos y Ciudad Real.

La zona en la provincia oscense incluye el campo de maniobras y tiro de Las Batiellas, el campamento de Rioseta, el campamento de Candanchú, el refugio militar de Cerler y un denominado 'terreno adjunto', sin especificar.

En el resto del país las nuevas zonas de interés son El Palancar (Academia de Ingenieros), en Madrid; la base Cid Campeador con su campo de maniobras y uiro de Matagrande y el polvorín de Ibeas de Juarros, en Burgos y la base Coronel Sánchez Bilbao, en Ciudad Real.

Junto a ellas, el campo de maniobras y tiro de Chinchilla y su polvorín, en Albacete, y el acuartelamiento Héroes del Revellín y su campo de maniobras y tiro La Rad de Lassuen, en La Rioja.

Las zonas de interés para la defensa nacional tienen por objetivo salvaguardar y asegurar estas zonas, para la eficacia de sus organizaciones e instalaciones.

Su conveniencia se debe, fundamentalmente, a la relación entre la legislación sobre protección ambiental de grandes espacios naturales, la ordenación urbanística y las necesidades militares en materia de acuartelamientos y bases, con considerables espacios para maniobras y adiestramiento, recuerda la referencia.

La aprobación de los Reales Decretos obedece a la relación entre la legislación sobre protección ambiental de grandes espacios naturales y las necesidades militares en materia de bases con campos de maniobras y adiestramiento.

Esa relación conlleva la concurrencia sobre un mismo espacio físico de títulos competenciales diferentes (defensa nacional y protección ambiental) y atribuidos a distintas administraciones (Administración General del Estado-Ministerio de Defensa y Administraciones autonómicas).

Implica la necesidad de evitar el peligro de que las restricciones de uso de todo tipo de esos espacios por razones de protección ambiental anulen o menoscaben gravemente la operatividad de los campos de maniobras militares.

Con lo aprobado este vienres, se considerará prioritario el interés de la defensa nacional en las zonas declaradas, lo que no impide velar por la protección ambiental.

No obstante, se impone la obligación de obtener autorización de Defensa para determinar la compatibilidad con los fines de las Fuerzas Armadas de cualquier regulación, ordenación o actuación administrativa que pueda incidir en la utilización militar de las propiedades afectadas, que incluye sólo los terrenos de titularidad estatal adscritos a la defensa nacional. 

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