Asesinatos

El fiscal pide prorrogar la prisión al asesino de la pequeña Naiara

En julio hará dos años desde el ingreso en la cárcel de Iván Pardo y no hay fecha para el juicio. El caso está pendiente de los recursos, entre ellos el de la transcripción de la confesión en vídeo.

Iván Pardo
Iván Pardo
HA

La Fiscalía de Huesca ha solicitado al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Jaca la prórroga de la prisión provisional para Iván Pardo Pena, asesino de Naiara, la niña de 8 años de Sabiñánigo, cuando está próxima la fecha límite de estancia en la cárcel sin haber sido condenado. El 8 de julio se cumplirán dos años de su ingreso por el asesinato de su sobrina, a la que, como él mismo confesó, sometió a todo tipo de torturas.

En un escrito remitido al juzgado instructor, el fiscal solicita la prórroga "a la vista del volumen de las actuaciones" y ante la cercanía de la fecha. Se ampara en el artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según el cual hay un máximo de prisión provisional de dos años, si el delito es castigado con más de tres. No obstante, contempla, «una sola prórroga» de hasta dos años, en caso de que concurran circunstancias que impiden juzgar antes la causa. La acusación pública basa su petición en que "subsisten las circunstancias que motivaron la medida cautelar" contra Iván Pardo y pide la celebración de una comparecencia para dilucidar la prolongación de su estancia en prisión, a la que se ha sumado el abogado de la madre de la víctima.

En papel o en vídeo

Las partes dan por seguro que se concederá la prórroga y además no creen que se agote el nuevo plazo de dos años antes del juicio. La instrucción está finalizada, aunque pendiente de varios recursos de apelación. Uno de ellos enfrenta al fiscal y al letrado del juzgado, quienes discrepan sobre si la confesión de Iván Pardo, en vídeo, debe plasmarse por escrito.

El letrado aceptó en un primer momento la transcripción de la declaración del tío de Naiara en la que reconocía los hechos imputados, asimilables a un delito de asesinato agravado, castigado con prisión permanente revisable, la más grave contemplada en el Código Penal. Pero poco después, denegó la petición con el argumento de que la grabación ya reflejaba de forma fidedigna e íntegra la declaración del acusado. Lo justificó en base a la validez legal del vídeo y a la carga de trabajo que soporta el juzgado.

El Ministerio Público está de acuerdo en lo primero pero, tratándose de un procedimiento con jurado, cree que debe darse todas las facilidades de acceso a la prueba a los miembros del tribunal popular, y poder exhibirles la transcripción si hay contradicciones "de manera ágil, simple y sencilla, sin necesidad de proceder a la reproducción de la grabación". "No es suficiente el soporte telemático y se precisa de un soporte en papel o documental, dada la extensa, detallada y pormenorizada declaración relatada por el investigado, en la que además procede al reconocimiento de los hechos", añade. Y más en un caso tan grave que puede ser sancionado con la prisión permanente revisable.

Respecto a la carga de trabajo del juzgado y a la solución sugerida de que sea la Fiscalía la que ponga por escrito la declaración, responde que no puede servir de excusa para denegar una prueba fundamental, y que todos los órganos judiciales están igual. Además, no es su función y se podría alegar nulidad.

Suspensión del plazo

La Fiscalía ha pedido la suspensión del plazo para calificar los hechos hasta la resolución de "los múltiples recursos" planteados a la Audiencia por las acusaciones particulares, en nombre del padre biológico de la niña, Manuel Briones, y de la madre, Mariela Benítez; y de las defensas de Iván Pardo, su hermano y padrastro de la menor, Carlos Pardo, y la abuelastra, Nieves Pena. Estos dos están imputados por un presunto delito de violencia física y psíquica habitual.

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