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El empresario que destruyó la cueva de Chaves se libra finalmente de ir a la cárcel

La Audiencia de Huesca confirma la suspensión de la pena de 2 años por arrasar el yacimiento neolítico.

Victorino Alonso entrando en el Palacio de Justicia de Huesca para el juicio, en 2017.
Victorino Alonso entrando en el Palacio de Justicia de Huesca.
Rafael Gobantes

Victorino Alonso, el empresario minero de León condenado a 2 años de prisión por destruir el yacimiento neolítico de la cueva de Chaves para construir un abrevadero de cabras en su coto de caza de Bastarás (Casbas de Huesca), se librará finalmente de ir a la cárcel. La Audiencia de Huesca acaba de confirmar el auto del Juzgado de lo Penal número 1 de Huesca del 9 de enero que le suspendió la condena por un delito contra el patrimonio histórico con la condición de que en un plazo de tres años no delinquiera. El tribunal provincial desestima así el recurso presentado por la Fiscalía y la asociación Acción Pública para la Defensa del Patrimonio Aragonés (Apudepa), que pedían la entrada en prisión, dada la gravedad del delito y el “irreparable” daño causado. Ahora ya no caben más recursos.

Alonso no solo no entrará en prisión sino que además no pagará al Gobierno de Aragón la indemnización de 25 millones de euros por los daños al patrimonio arqueológico. La finca de caza entregada para afrontar la deuda apenas cubre un 10% de la deuda (la DGA la ha tasado en 2,7 millones de euros). Por si fuera poco, la administración autonómica, que hace unos días aceptó las 1.800 hectáreas como dación en pago, no podrá tomar posesión de la propiedad hasta el 2030, ya que Alonso la alquiló meses antes del juicio a una empresa con la que estaba vinculado.

La Audiencia Provincial de Huesca ratifica los argumentos del Juzgado de lo Penal número 1 de Huesca que le suspendió la condena al no ser esta superior a dos años. Cabe recordar que la sentencia en primera instancia era de dos años y medio, pero la Audiencia la rebajó posteriormente en seis meses, al aplicar la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso. Se abría así la posibilidad de aplicar el artículo 80 del Código Penal que permite a los jueces dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años mediante una resolución motivada.

Los argumentos del tribunal

El primer argumento de la Audiencia hace referencia a que Alonso era “un delincuente primario”, es decir, no tenía antecedentes penales. El auto explica que las defraudaciones tributarias por las que fue condenado no tienen que ver con los daños en bienes de valor histórico y que además ocurrieron muchos años antes: en diciembre de 1993, enero de 1994, diciembre de 1994 y enero y diciembre de 1996. “En definitiva, se trata de hechos de muy diferente naturaleza a los daños juzgados en esta ejecutoria y además el último de ellos, cometido 21 años antes”.

El empresario minero está siendo investigado actualmente por dos presuntos delitos contra el medio ambiente cometidos en León, pero según la Audiencia de Huesca, se trata de una “cuestión nueva”, no aducida ante el juzgado, en la que además goza de presunción de inocencia en tanto no haya una sentencia firme.

El tribunal provincial también hace referencia a la satisfacción de las responsabilidades civiles. En este caso, entiende que Victorino Alonso ya tiene embargada su pensión, “que es el único activo que se le conoce”, pues fue declarado insolvente.

Por otra parte, la sociedad mercantil Fimbas, titular del coto de Bastarás, de la que era administrador Alonso, declarada responsable civil subsidiaria, ha dado la finca como pago, señala el tribunal de apelación. Al penado, precisa, “no se le conocen más bienes que el que ya tiene embargado y ya ha sido declarado insolvente”.

Tanto la Fiscalía como Apudepa habían cuestionado la insolvencia del empresario minero y destacaron en sus recursos que no había hecho frente en modo alguno al pago de la deuda, salvo las cantidades que se detraen de su pensión y que en los últimos años han sumado 17.000 euros. Apudepa aportó además datos del Registro Mercantil para intentar demostrar su condición de administrador único de 21 sociedades, en el pasado o ahora.

El auto de la Audiencia no es recurrible. La única posibilidad de ingreso en prisión es que se le condene, en el plazo de tres años que da el Juzgado de lo Penal para que no vuelva a delinquir, por alguno de los procesos judiciales abiertos contra él en León. “Hemos hecho todo lo que estaba en nuestra mano para que se hiciera justicia, pero hasta aquí hemos llegado”, declaró Pilar Villellas, la abogada de Apudepa.

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