El TSJA anula la licencia de obra que dio el exalcalde de Jaca a un bar porque el local era suyo

Debió haberse abstenido por tener un "interés personal". Víctor Barrio dice que el letrado municipal le autorizó a firmar.

Víctor Barrio
Víctor Barrio
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha anulado la licencia de obras y la declaración responsable que el exalcalde de Jaca, Víctor Barrio, del PP, firmó para permitir la apertura de un bar-cafetería en un local del que era copropietario junto con su hermano y que arrendó. El tribunal hace un reproche "ético" a Barrio e invalida sus actos ya que debió abstenerse al tener un "manifiesto interés personal". Aun así, la sentencia no paraliza la actividad del establecimiento, según fuentes municipales.

El exalcalde, que ahora es concejal, admitió ayer que firmó un permiso de desescombro "de unas obras menores", pero rechazó cualquier responsabilidad "porque si alguien tiene la culpa es el abogado urbanista del Ayuntamiento ya que le pregunté si podía hacerlo y me dijo que no había ningún problema".

Aseguró que el resto de licencias y permisos de este establecimiento, "que cuenta con los informes favorables de los técnicos", según Víctor Barrio, fueron validados por otros concejales del equipo de gobierno, y que hoy en día, cuando la comisión de Urbanismo aborda un asunto relacionado con este mismo negocio él se ausenta de la reunión.

Los demandantes son varios miembros de una familia que habían sido propietarios del edificio donde se ubica el local (aún conservaban varios pisos) y que, según Barrio, tenían reticencias a que se abriera un bar-cafetería en los bajos del inmueble. Primero presentaron en 2013 un recurso de reposición ante el Ayuntamiento, que fue desestimado por silencio administrativo, contra dos resoluciones firmadas por el exalcalde para la concesión de la licencia de obras y la declaración responsable de apertura; y otras dos para la licencia ambiental y la instalación de veladores suscritas por el alcalde en funciones.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca, en 2015, estimó el recurso y anuló las cuatro resoluciones. Por lo que respecta a las dos que firmó el exalcalde de Jaca (licencia de obras y declaración responsable), sostenía que tenía interés personal por su condición de dueño e inversor en el negocio y, según la Ley de Administración Local de Aragón, debió de abstenerse. El juez señala que la nulidad de la licencia de obras conllevaba también la de actividad, aunque fuera suscrita por el alcalde en funciones. Y también revocó la de veladores por la inexistencia del presupuesto que se requería.

El Ayuntamiento y la promotora del bar recurrieron. La Administración adujo que el fallo incurrió en un error al considerar al alcalde inversor y socio del negocio cuando solo era copropietario en un 25% del local y aunque no negó que debió abstenerse, como en dos de los casos, consideraba que las resoluciones tendrían que validarse porque su intervención no fue determinante ni relevante. Argumentos que también apoyó la codemandada.

En respuesta, el TSJA admite que el Juzgado erró en atribuir al alcalde su participación en el negocio ya que solo era copropietario del local. Pero el mismo tribunal destaca que aun así, eso "no le eximía del deber de abstenerse, porque ostentaba un manifiesto y objetivo interés en que la arrendataria del local obtuviera las oportunas licencias y pudiera iniciar la actividad para cuyo fin había concertado con él y los demás copropietarios el contrato de arrendamiento". La sentencia también anula la licencia de veladores, ya que el lugar donde se iban a ubicar no era un espacio peatonalizado y, en cambio, sí da por buena la licencia ambiental.

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