La justicia advierte a la Generalitat que no es parte del litigio de Sijena

La Audiencia de Huesca ha comunicado que no puede instar la nulidad de los actos dictados por la juez.

Nacimiento del Niño Jesús, de Gabriel Joly (1529-1530). Es un altorrelieve en alabastro con restos de la policromía original y la iconografía clásica: El Niño, la Virgen, San José, un ángel, pastores, el buey y la mula.
El Museo de Lérida saca ahora del almacén una de las 44 piezas de Sijena que ya debía haber devuelto
Lleonard Delshams/Diario Segre

La Audiencia de Huesca ha comunicado a la Generalitat que no forma parte del litigio por las pinturas murales del Monasterio de Sijena y que, en consecuencia, no puede instar la nulidad de actos dictados por la juez que condenó al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a devolver dichas obras.

En una providencia judicial, el tribunal oscense rechaza el incidente de nulidad planteado por el Gobierno catalán contra un auto propio en el que reconocía y legitimaba al Ayuntamiento de Villanueva de Sijena a reclamar la ejecución de la referida sentencia sobre las pinturas murales.

Los magistrados dejan la puerta abierta a la administración catalana para volver a plantear este incidente de nulidad ante el Juzgado de Primera Instancia de Huesca número 2, que enjuició los hechos y que en un primer momento rechazó la posibilidad de que el consistorio pudiera instar la ejecución de la sentencia junto al Gobierno aragonés.

Esta decisión fue recurrida por el representante legal del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, ante la Audiencia de Huesca, que ordenó a la juez de primera instancia aceptar a la corporación municipal como parte legítima en el proceso.

El incidente de nulidad ahora rechazado forma parte de una batería de tres recursos interpuestos desde la Generalitat para oponerse y tratar de paralizar la ejecución de la sentencia que ordena al MNAC a devolver las pinturas.

En un segundo escrito, la Generalitat alegaba que, como administración titular en materia de bienes patrimoniales, debía de ser tenida en cuenta su opinión en relación a la ejecución de la referida sentencia.

El tercer escrito presentado alegaba que las pinturas murales reclamadas no se pueden trasladar por criterios técnicos ya que "perecerían" en el intento, por lo que reclaman la imposición de una fianza de 150 millones de euros en caso de llevarse a cabo la ejecución de la sentencia.

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