El juez niega al Museo de Lérida la posibilidad de recurrir la sentencia de los bienes de Sijena

El Juzgado de Huesca ha ordenado a su vez la reintegración de las piezas al cenobio.

Algunas de las piezas que deberán de ser devueltas a Villanueva de Sijena.
?La juez fija el 25 de septiembre como fecha de devolución de los bienes de Sijena
Álvaro Calvo

El Juzgado número 1 de Huesca ha emitido un auto en el que niega la condición de parte al Consorcio del Museo de Lérida y, por lo tanto, su derecho a recurrir en apelación la sentencia de este mismo juzgado que decretaba la nulidad de las ventas del tesoro artístico del Monasterio de Sijena a la Generalitat de Cataluña y al Museo de Arte Contemporáneo de Cataluña, ordenando a su vez la reintegración de las piezas al cenobio, del que "forman parte inseparable al estar catalogado el mismo como monumento nacional".


Así se recoge en auto y también lo ha explicado el abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, donde está enclavado el citado monasterio, quien ha precisado en una nota de prensa que la argumentación del auto "es jurídicamente impecable y acorde con la jurisprudencia del Tribunal Supremo".


Esta última "sustenta que, dictada ya sentencia, los que no fueron parte en el procedimiento, como es el caso del Consorcio del Museo de Lérida, lógicamente, no tienen derecho a recurrirla pues se ocasionaría indefensión al resto de partes", ha glosado Español.


Además, ha recordado que así lo dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil "que solo confiere el derecho a recurrir la sentencia dictada a las partes que litigaron antes de dictarse la misma".


Según Español, el intento de recurrir en apelación la sentencia "se debe al acuerdo alcanzado in extremis por el Consorcio del Museo de Lérida en una reciente reunión, con el beneplácito de todos sus miembros, que lo preside el consejero de Cultura de la Generalitat de Cataluña".


El abogado ha lamentado "la mala fe con la que ha actuado dicho consorcio que, si algún interés tenía el pleito, pudo haberse personado desde hace tres años y no lo hizo, pues, es obvio y patente que conocía de la existencia de este litigio que ha sido ampliamente comentado en la prensa".


El letrado ha apostillado al respecto que "el Derecho no concede beneficio alguno a quien deja dormitar sus derechos y no los ejercita con prontitud y diligencia".


El auto dictado señala que cabe recurso de reposición contra él en el plazo de cinco días, que resolverá la propia magistrada titular del Juzgado número 1 de Huesca, Carmen Aznar.

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