El juez rechaza el archivo de la causa contra Alonso por destruir la Cueva de Chaves

Desestima un recurso de la defensa y mantiene la imputación contra el empresario minero por los daños en el yacimiento neolítico.

El juzgado número 3 de Huesca dio ayer un nuevo paso para que el empresario minero Victorino Alonso sea juzgado por un posible delito contra el patrimonio, como responsable de la destrucción en 2007 de la Cueva de Chaves, un yacimiento arqueológico de referencia nacional del periodo neolítico, ubicado en el coto de caza de Bastarás, en el municipio de Casbas de Huesca. El magistrado ha desestimado el recurso presentado por la defensa de Alonso que pedía el sobreseimiento, así como otros de las acusaciones particulares para sentar también en el banquillo a otros imputados.


El magistrado confirmó ayer el auto que dictó el 13 de octubre, en el que dio por cerrada la investigación, apreciando indicios de delito en Alonso, administrador "de hecho" de la finca de Bastarás, y dando un plazo de 10 días para que el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares (ejercidas por Ecologistas en Acción, el Gobierno de Aragón y la asociación de defensa del patrimonio Apudepa) se pronunciaran sobre la apertura de juicio oral y formularan los escritos de acusación.


El abogado de Alonso lo había recurrido argumentando que la prueba es "manifiestamente dudosa", pues procede de "las declaraciones interesadas" de otro de los imputados. El juez le replica que sí existen "elementos suficientes para pasar a la fase intermedia del procedimiento". Entre ellos cita las declaraciones de otros testigos, un contrato de arrendamiento de la finca firmado "de su puño y letra" y correos electrónicos y facturas telefónicas que vinculan a Alonso con la finca Bastarás. Por ejemplo, el teléfono del apoderado de Fimbas (sociedad propietaria del coto) se pagaba con cargo a la Unión Minera del Norte, empresa que tuvo como administrador al imputado en las fechas en que ocurrieron los hechos.


Respecto a la petición de las acusaciones particulares y la Fiscalía para mantener la imputación contra Antonio Francisco de la Fuente (administrador único de Fimbas desde 2005) y Jesús Rodríguez Lanza (administrador de Ferpi, la empresa contratada para retirar los restos arqueológicos), el juez reitera el sobreseimiento provisional. Respecto a este, "nada indica", dice, que tuviera "un real poder de decisión en Ferpi, compañía que ejecutó los trabajos de excavación y demolición, ni que conociera que estos trabajos se estaban produciendo y, menos aún por lo tanto, la afección al patrimonio histórico".


En el caso del administrador de Fimbas, señala que ninguno de los testigos y ningún documento ha permitido demostrar que hubiera ordenado la excavación, aunque conocía datos concretos sobre el hecho, como la disposición de la cueva de Chaves o la declaración de Bien de Interés Cultural.


Sin probar el daño ambiental


Las cuatro acusaciones solicitaron además la imputación por un delito contra el medio ambiente, por la realización de obras de acondicionamiento, represas, embalses y una pista de 8 metros hasta la cueva, en zona protegida y sin permisos. Pero, según recuerda el juez, el proceso se inició mediante una denuncia de la Fiscalía por un delito contra el patrimonio histórico y "en ningún caso se hace referencia a que se haya producido una afección del bien jurídico protegido con la tipificación de delitos medioambientales". Además, considera que el daño ambiental no se ha documentado, y en todo caso este delito estaría prescrito desde junio de 2012.


"Las actuaciones (formadas por seis tomos) han ido encaminadas a la averiguación de un delito contra el patrimonio histórico, y solo tangencialmente a la investigación de un delito contra el medio ambiente, sin que haya ningún informe del que resulte que realmente este delito se haya cometido, ni en qué medida, ni qué actuación o actuaciones concretas lo constituyen", señala el auto. Por último, el juez desestima tener que pronunciarse en este momento procesal respecto a la responsabilidad civil subsidiaria de Fimbas y Ferpi o a la adopción de medidas cautelares.