La reclamación de los bienes de Sijena a Cataluña da un nuevo paso en los juzgados oscenses

Se ha celebrado en Huesca la vista previa al juicio.

La reclamación civil de los bienes del Monasterio de Sijena vendidos a la Generalitat y al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) ha dado un nuevo paso en los juzgados de Huesca, donde se ha celebrado una vista previa al juicio que enfrentará a las partes por estos hechos.


La vista se ha celebrado bajo la presidencia de la titular del Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 1 de Huesca, y en ella han expuesto sus alegaciones, argumentos y petición de pruebas los letrados del gobierno aragonés y el Ayuntamiento de Sijena, como parte demandante, y los de la Generalitat, MNAC y Orden de Monjas Sanjuanistas.


La demanda del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de Sijena insta la nulidad de los tres contratos celebrados en 1983, 1992 y 1994 a través de los cuales la orden religiosa vendió a la Generalitat y al MNAC un total de 97 piezas del patrimonio histórico artístico del cenobio, Monumento Nacional desde 1923.


Los letrados demandantes consideran nula las ventas ya que la de 1983 se formalizó sin informar al Ministerio de Cultura y las dos siguientes sin dar cuenta al gobierno aragonés, que ostentaba entonces las competencias en materia de patrimonio.


Las dos demandas argumentan que los bienes vendidos forman parte de una "unidad indivisible" vinculada al propio Monasterio de Sijena y que la venta debió de ser comunicada a las administraciones competentes al afectar a bienes protegidos.


Por su parte, las partes demandadas consideran que los contratos formalizados son de naturaleza personal entre las dos partes que los suscribieron y "legítimos" desde un punto de vista jurídico.


Durante la vista previa celebrada, han impugnado la legitimidad del Ayuntamiento de Sijena para personarse en la causa, la propia naturaleza de los bienes o la inclusión posterior en la causa del contrato celebrado en 1994, cuestiones todas que ha rechazado la titular del juzgado.


La juez, que ha fijado para el próximo 27 de febrero el juicio para dirimir estos hechos antes de la sentencia, ha cuestionado en una de sus intervenciones el interés de los letrados catalanes por circunscribir el pleito a una simple cuestión sobre la validez de unos contratos."Derechos históricos importantes"


En opinión de la juez, se trata de un tema "difícil" y "mucho más profundo" que un debate sobre la naturaleza de unos contratos al implicar a un monasterio fundado en el siglo XIII que acumula en su devenir "derechos históricos muy importantes".


Por su parte, el letrado del municipio de Villanueva de Sijena ha defendido la legitimidad de su demanda tras recordar que los bienes del cenobio fueron "salvados del fuego" durante la Guerra Civil por los vecinos de la localidad y deben ser considerados parte integrante tanto del patrimonio nacional como del local.


Una de las cuestiones sobre la que más han insistido los letrados de la Generalitat y del MNAC ha sido la referida a la valoración actual de los bienes, que la juez ha circunscrito en su causa al precio establecido en los contratos, alrededor de 300.000 euros, y que las partes demandadas cifran actualmente en 2,4 millones.


La juez ha rechazado las pretensiones de estos abogados de incluir estas valoraciones, realizadas por peritos de parte para el caso de una sentencia contraria a sus intereses, aunque ha dejado abierta la posibilidad de llevar a cabo una nueva tasación en ejecución de sentencia.


Uno de los momentos de mayor tensión se ha producido al plantear los letrados del Ayuntamiento de Sijena y del Gobierno de Aragón la comparecencia de dos catedráticos de historia medieval de la Universidad de Zaragoza como testigos en calidad de peritos, entre ellos José Ángel Sesma.


El abogado del MNAC ha impugnado la presencia de estos expertos al entender que el estar vinculados a una institución académica aragonesa les "inhabilitaba" para expresar una opinión imparcial en la causa, una impugnación que ha sido rechazada de forma contundente por la responsable judicial.