HUESCA

La Audiencia determina de nuevo que un tribunal profesional juzgue a Mainar

La defensa del único imputado en el caso de Fago anuncia que recurrirá ante el Tribunal Constitucional y que solicitará que se suspenda el juicio mientras no haya una resolución

Marisa Mainar, al fondo, y en primer término, García Montes, Viladés y Cifuentes.
La Audiencia determina de nuevo que un tribunal profesional juzgue a Mainar
javier blasco

Huesca. La Audiencia Provincial de Huesca ha vuelto a determinar que un tribunal profesional juzgue al único imputado en el crimen de Fago. Sin embargo, la defensa de Santiago Mainar, en prisión desde febrero de 2007, se resiste a aceptar esta decisión que inicialmente ya fue tomada por el Juzgado nº 2 de Jaca. Su abogado reclama un jurado popular. Después de volverlo a intentar en base a una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la Audiencia ha desestimado la cuestión de competencia planteada. En respuesta, el abogado defensor anunció ayer que recurrirá al Tribunal Constitucional y que, mientras decida, solicitará que se suspenda de juicio.

La abogada de la acusación particular, Carmen Cifuentes, del despacho de Enrique Trebolle -que representan a la familia de la víctima-, estima que los recursos no suspenden la tramitación de la causa, por lo que, no hay motivo para que se retrase el juicio. Aunque todavía no hay señalamiento, se barajan las fechas de finales de octubre o principios de noviembre para que se celebre. También se estima que la vista podría prolongarse durante una semana.

La cuestión que permite decantarse por el tribunal o el jurado popular es si el delito de tenencia ilícita de armas tiene conexión, como exige la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, con los otros delitos que se le imputan a Santiago Mainar: asesinato y atentado. El auto de la Audiencia de Huesca, que se notificó ayer a las partes, vuelve a alinearse con las tesis de la Fiscalía, de la acusación particular y de la acción popular -ejercida por el PP-, que consideran ese delito lo había comitido con anterioridad a los otros dos. El primero no es competencia del jurado, y por lo tanto, se entiende que el caso debe instruirse como sumario ordinario.

El auto de la Audiencia Provincial, recoge que "este delito, de existir, se habría consumado con anterioridad al uso del arma como medio para perpetrar la muerto, por lo que la competencia objetiva corresponde a la Audiencia Provincial", conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En este mismo sentido, ya se pronunció en el auto anterior de 11 de noviembre de 2008, y refuerza su argumento con una sentencia posterior del Tribunal Supremo sobre el caso de "El Solitario", que casualmente defendió el mismo letrado que asiste a Mainar, Marcos García Montes.

Sin embargo, el abogado defensor asegura que no son casos comparables mientras que sí se puede hacer con la sentencia reciente de las dos policías locales en L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona a partir de la que planteó esta la cuestión de confianza. Y cita, y así lo hizo en la vista que se celebró el pasado jueves, que el fiscal de Sevilla solicitó jurado popular en el caso de Marta del Castillo en contra de las tesis de la defensa. En la vista, inició su exposición asegurando que las personas que están contra del jurado están en contra de la Constitución y los tildó de "cavernícolas".