El TS confirma los 8 años de internamiento para el menor que mató a un guardia en un control en Barbastro

El Tribunal Supremo rechaza que fuera un homicidio imprudente porque su conducción fue "absolutamente inapropiada" y el resultado "previsible"

Lugar hasta el que fue arrastrado el guardia y donde murió
Lugar hasta el que fue arrastrado el guardia y donde murió
Javier Navarro

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condenó a 8 años de internamiento al menor Abraham G. N. por la muerte del guardia civil José Antonio Pérez,de 54 años, al saltarse un control de alcohol y drogas a las afueras de Barbastro el 4 de marzo de 2016, cuando tenía 17 años de edad. Le faltaban dos meses para cumplir la mayoría de edad.

La Audiencia de Huesca fijó la pena en 8 años de internamiento en régimen cerrado en un centro de menores, elevando en dos años la condena del Juzgado de Menores, por los delitos de conducción temeraria, homicidio doloso, tres delitos de lesiones y uno de conducción sin haber obtenido nunca el permiso. Al mismo tiempo absolvió a los otros tres menores que iban con él en el coche, de 17, 15 y 14 años.

La defensa del chico recurrió la sentencia de la Audiencia y pidió al Supremo la absolución o en su defecto la imposición de un castigo menor al entender que se trató de un homicidio imprudente y no doloso, es decir, que no tuvo intención de hacer daño, lo que supondría la imposibilidad de acordar el internamiento en un centro cerrado. Pero el Supremo ha desestimado el recurso de casación.

Según el alto tribunal, el relato de los hechos se acomoda a la consideración de una conducta dolosa porque condujo en condiciones "absolutamente inapropiadas para controlar un medio peligroso como es un vehículo". Recuerda que puso en circulación el coche "por una vía pública con la persona del fallecido tratando de impedirlo colocándose encima del condenado, impidiendo la visibilidad y el dominio del vehículo", para concluir que "los resultados producidos eran absolutamente previsibles".

Por otra parte, la defensa alegó en el recurso de casación contra la pluralidad de delitos imputados al menor y pidió unificar en uno solo, para rebajar la pena, los de conducción sin permiso, conducción temeraria, homicidio y lesiones. Los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo consideran adecuada la medida de ocho años de internamiento y rechazan estimar los argumentos de la abogada del chico porque, en su opinión, "concurre una pluralidad de delitos".

Abraham G. N., que con 17 años no tenía carné de conducir, cogió las llaves del coche de su padre y se fue a echar gasolina acompañado de su mujer, de la misma edad, y otros dos familiares también menores. A las afueras de Barbastro , en la rotonda de las carreteras A-123 y N-240, había un control con cuatro guardias, entre los que se encontraba José Antonio Pérez. El coche llegó hasta donde estaba el agente, este le advirtió «de manera alta y clara» que era un control de alcoholemia. «Párate, que te pares», le dijo, pero él aceleró y obligó a otro agente a moverse para evitar ser atropellado.

La víctima consiguió meter el brazo por la ventanilla del conductor para detener el vehículo, pero el menor aceleró. El guardia mantuvo los pies en el suelo varios metros intentando no ser arrastrado  hasta que finalmente metió parte del cuerpo en el interior. Siguió así durante casi 500 metros hasta que chocó contra otro vehículo, un Audi A7 donde viajaba una familia de cinco miembros. El fallecido hizo de airbag y ayudó a amortiguar el golpe. Su cuerpo quedó tendido en medio de la calzada. Los cuatro menores no se quedaron a auxiliarlo y salieron huyendo del lugar. La Guardia Civil los localizó horas después. Nunca se ha podido demostrar si recibieron ayuda en su huida.

Desde entonces A. G. N. permanece ingresado en el centro cerrado de menores de Juslibol (Zaragoza). Durante unos meses estuvo en libertad vigilada, ya que cumplió el tiempo máximo de internamiento establecido por la ley de menores, hasta que la Audiencia ratificó la condena.

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