La Audiencia Nacional anula Biscarrués y fuerza al Gobierno a revisar el proyecto

Concluye que vulnera la directiva europea del Agua y deja sin efecto su declaración ambiental. El Ministerio de Medio Ambiente aún no ha decidido si recurrirá la sentencia ante el Supremo.

Imagen de la manifestación contra el embalse de Biscarrués que se celebró enHuesca en junio.
La Audiencia Nacional anula Biscarrués y fuerza al Gobierno a revisar el proyecto
Javier Broto

El embalse de Biscarrués vuelve a ser un proyecto fallido. La Audiencia Nacional acordó este martes la anulación del anteproyecto de construcción y de la declaración de impacto ambiental de esta obra clave del Pacto del Agua de Aragón. El tribunal tomó esta decisión al asumir en parte los recursos que habían interpuesto los ayuntamientos afectados y organizaciones ecologistas en contra del embalse.

Por parte del Ministerio, explicaron que están estudiando la sentencia, por lo que aún no han anunciado qué medidas tomarán. Como es preceptivo, la propia sentencia aclara que la anulación no es definitiva, ya que el Ministerio puede recurrirla ante el Tribunal Supremo. Lo haga o no, lo que está claro ya es que el proyecto va a sufrir un nuevo retraso, y por un tiempo aún por definir. Como incide el propio fallo, el origen del embalse de Biscarrués se remonta a una ley de 1915, así que el proyecto lleva ya más de 100 años de retraso.

La sentencia de la Audiencia Nacional es bastante contundente respecto a los motivos que le llevan a tumbar el actual proyecto: concluye que vulnera de forma reiterada la directiva europea de Aguas. Según el fallo, en el expediente "no consta la existencia, con carácter previo a la declaración de impacto ambiental, de un informe de viabilidad económica, técnica, social y ambiental". Además, la sentencia advierte de que el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente tampoco incluyó "un estudio específico de la recuperación de costes" en la declaración ambiental, algo que sería de exigencia obligatoria. Por último, la Audiencia ha detectado también "la ausencia de estudio sobre el impacto en las masas de agua afectadas por el embalse".

Para anular la declaración de impacto, la Audiencia Nacional se basa en parte en la Carta de Emplazamiento que envió la Comisión Europea al Gobierno central, expresando algunas dudas respecto al actual proyecto de Biscuarrés. Hay que tener en cuenta que esa carta en realidad no ha provocado todavía ningún proceso sancionador contra España, aunque la Audiencia Nacional ha decidido tomarla como un indicio sólido para justificar su rechazo a Biscarrués. Así, la sentencia establece que, aunque el aviso de Bruselas "no tenga ningún efecto jurídico vinculante, no impide que no se puedan apreciar las consideraciones efectuadas en dicha Carta, valorando las mismas en relación con lo que consta en las presentes actuaciones".

"No es causa suspensiva"

La sentencia es especialmente llamativa porque, hace apenas dos meses, el Gobierno central se pronunció en sentido contrario. El diputado en el Congreso de Alto Aragón en Común, Jorge Luis, reclamó al Ministerio que informase sobre las consecuencias y medidas que estaban tomando tras la Carta de Emplazamiento enviada por Bruselas. En su respuesta al diputado por Huesca, Medio Ambiente resaltó que en los dos años ya transcurridos desde esa carta, la Comisión Europea "no se ha manifestado con un pronunciamiento final al respecto". Además, indicó que la propia tramitación del procedimiento relativa a la posible infracción "no es causa suspensiva de la tramitación". "Como no puede ser de otro modo, sigue los cauces marcados por la propia normativa administrativa general y ambiental aplicables", llegó a contestar al diputado oscense. Eso fue el 22 de mayo de este año. Menos de dos meses después, la Audiencia Nacional ha considerado que ese aviso de la UE sí tiene relevantes consecuencias.

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