TRIBUNALES

El Supremo confirma la expulsión del militante del PSOE que trató de ir a primarias

El abogado César Ciriano trató de disputarle a Eva Almunia la candidatura al Gobierno de Aragón en las elecciones del pasado 22 de mayo.

Imagen de archivo de César Cirirano
El Supremo confirma la expulsión del militante del PSOE que trató de ir a primarias
OLIVER DUCH

El Tribunal Supremo ha confirmado la expulsión del PSOE de César Ciriano, abogado socialista que trató de concurrir a un proceso de primarias para disputarle a Eva Almunia la candidatura al Gobierno de Aragón en las elecciones autonómicas del pasado 22 de mayo después de que esta fuera designada para ello.


La Sala de lo Penal del Supremo respalda esta decisión al rechazar la admisión de la querella que interpuso Ciriano contra la entonces secretaria de organización del PSOE y hoy ministra de Sanidad, Leire Pajín, y la vocal de la Ejecutiva Federal Pilar Alegría por delitos de prevaricación y falsedad documental.


Cuando Ciriano quiso impulsar el proceso de primarias después de que la Ejecutiva regional de Aragón designara en septiembre de 2010 a Eva Almunia como candidata, la dirección del PSOE indicó que estaba incapacitado para ello porque desde el 31 de marzo de ese año había sido dado de baja como militante.


En su querella, el abogado socialista alegaba que el documento en el que se acordó su expulsión del PSOE era falso porque en él se aseguraba que la Comisión de la Ejecutiva Federal adoptó esta decisión el 31 de marzo, fecha en la que, según él, no existió reunión de ese órgano.


Según el auto del Supremo, del que ha sido ponente Luciano Varela, "el documento que se tacha de falso, efectivamente datado en 31 de marzo de 2010, deja constancia de que la resolución fue adoptada por la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, pero no indica en modo a alguno que la reunión de órgano fuera adoptada en reunión celebrada en esa fecha".


Aprecia también que "no existen datos que permitan concluir que el documento (...) recoja afirmaciones contrarias a la verdad".


Además, si "lo que se pretende insinuar" es que no existe "resolución alguna adoptada por el citado órgano -Comisión Ejecutiva Federal- es obvio que la complejidad del expediente, del que se aporta documentación, habría dado ocasión a la puesta en evidencia de esa ausencia de tal acuerdo en cualesquiera fecha. Y la querella no aporta el más mínimo indicio al respecto".


A todo esto, la resolución añade que "la imputación de la querella no atribuye a la querellada doña Leire Pajín ningún acto, ni por sí ni por persona interpuesta, que permita atribuirle la elaboración del documento que recoge el acuerdo que se documenta en 31 de marzo de 2010".