SOBRARBE

Los vecinos de Jánovas sostienen que se tienen que revertir todas las tierras

Endesa declaró recientemente que solo estaban obligados a devolver las parcelas que fueron expropiadas para la construcción del embalse, pero no las que fueron vendidas sin conflicto

"La reversión de los terrenos de Jánovas, Lavelilla y Lacort afecta también a los terrenos comprados en su día por Iberduero y ahora en propiedad de Endesa, a los propietarios y no solamente a los que fueron expropiados durante los años 60 para la construcción del embalse". Así lo defienden los antiguos vecinos, que se amparan en un informe de la Abogacía del Estado fechado en 1984 y una sentencia posterior de 1986.


"No existe obstáculo alguno que se oponga al ejercicio del derecho de reversión, en su caso, puesto que (...) fue únicamente el fin de utilidad pública dimanante de la construcción del embalse (la "causa expropiandi") el que legitimó la adquisición coactiva de tales fincas", señala textualmente el primero de los documentos relativo a las fincas sobre las que se llegó a un acuerdo económico que vino a evitar la intervención del Jurado Provincial de Expropiación, al cual ha tenido acceso HERALDO, y que está sellado por la Comisaría de Aguas del Ebro con fecha de 2 de marzo y número de entrada 2.613.


Por otra parte, la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Zaragoza en 1986 y que tiene como número de registro el 436, recoge la posibilidad de postular la reversión de unas fincas "de necesaria ocupación, adquiridas por convenio". Ambos documentos vienen a contradecir así las declaraciones hechas el pasado día 13 de este mes por fuentes de Endesa, que aseguraban que "ante la lectura de algunas afirmaciones en prensa, el proceso de reversión afecta únicamente a los terrenos y propiedades que se expropiaron para la construcción del embalse, en ningún caso forman parte del mismo otras tierras que fueron compradas para el proyecto sin que mediase expropiación".


Por orden ministerial


Desde la CHE, por otra parte, se ha confirmado que en la orden de Ministerio de Medio Ambiente de 16 de junio por la que se resuelve la extinción del derecho de la compañía hidroeléctrica para el aprovechamiento de los saltos de Fiscal y Jánovas, se procede al inicio del proceso de reversión de los terrenos expropiados, "pero también de las que fueron vendidas para la construcción del embalse". "Es decir, había otras tierras que iban a ser para otros usos que también fueron adquiridas. En principio la ley solo obliga a revertir los terrenos expropiados, pero la orden ministerial incluye también a aquellos que fueron adquiridos para la construcción del embalse. Será una cuestión de llegar a un acuerdo sobre los mismos en las negociaciones", se puntualizó desde la Confederación.


Teresa Buisán, secretaria de la Asociación de Afectados, declaró asimismo que estaban dispuestos a asumir la resolución hecha por el Ministerio. "Es un documento que vale para todos, también para la actual propietaria, que tiene que respetar lo resuelto desde el Ministerio de Medio Ambiente", aseguró.