Claves del nuevo reglamento taurino en Aragón: de los encierros a la participación de menores en los festejos

El Consejo de Gobierno de Aragón ha aprobado la modificación la normativa taurina en Aragón para adaptarla a las exigencias actuales. Estas son las principales novedades. 

La plaza de toros portátil se encuentra detrás del polideportivo municipal.
Una plaza de toros portátil en Aragón
N. B.

Desde que se publicó la primera normativa taurina en Aragón han transcurrido nada menos que 20 años. Por eso el Gobierno autonómico ha decidido revisado la regulación en esta materia y en el último Consejo de Gobierno ordinario de la legislatura ha dado el visto bueno al decreto que modifica los cuatro reglamentos taurinos aragoneses y regulan  los festejos y espectáculos populares, taurinos, plazas de toros portátiles y escuelas taurinas. Mayte Pérez ha explicado en rueda de prensa que el objetivo es adaptar la norma a las "nuevas realidades en la fiesta de los toros" y fomentar esta cultura entre los jóvenes y para ello se recogen en el reglamento modalidades como el toro embolado de fuego o el toro 'engamellado'. Estos son algunos de los aspectos que modifica la normativa:

1. Encierros, suelta de reses y festejos especiales

La norma especificará las diferencias entre tres tipos de festejo:

  • Encierro: que pueden ser urbano, campero y mixto.
  • Suelta de reses: actividad consistente en correr o torear reses de lidia por los participantes en una plaza, recinto cerrado o vía urbana: anillas, recortadores, cintas, roscaderos...
  • Festejo especial: el toro de soga, el toro de ronda o el toro embolado de fuego y el toro engamellado.

La ley especifica que se podrán organizar "de forma sucesiva dos o más festejos taurinos populares consistentes en encierro urbano, suelta de reses o festejo especial". Se añade también que en los festejos populares se dispondrán de corrales, fijos o portátiles, para el manejo de los animales durante el festejo salvo en los toros embolados de fuego que podrán salir directamente del camión.

En los encierros, las reses irán siempre acompañadas por cabestros. La conducción de las reses podrá efectuarse de una en una, o bien, en una o varias manadas. En el caso de que las reses estén destinadas a la lidia posterior, encierros previos a la lidia, estará prohibido citarlas, recortarlas o impedir que lleven su dirección correcta y no se admitirán reses que hayan sido previamente toreadas.

Se limita a 1.000 metros el recorrido de un encierro urbano. En los encierros camperos y mixtos, habrá dos zonas, la “zona de recorrido”, y la segunda será aquella que permite a los participantes la huida ante cualquier acometida: "zona de expansión". Queda totalmente prohibida en las “zona de recorrido” y “zona de expansión” la presencia de personas que no tomen parte activa del encierro.

2. Participación de menores en festejos taurinos

Respecto a la participación de los menores de edad en los festejos taurinos la norma dicta: "la presidencia evitará, que en los festejos tomen parte activa personas menores de 16 años, salvo mayores de 14 años alumnos de una escuela taurina autorizada, así como aquellos que muestren síntomas claros de embriaguez o intoxicación".

La norma especifica también que en la suelta de reses y el toro ensogado se permitirá la participación de menores en dos supuestos:

  • Entre 14 y 16 años podrán participar en la suelta de reses y toro ensogado si intervienen solo reses de lidia de hasta do años y previo consentimiento escrito de sus padres o tutores
  • Menores de 14 años podrán participar en la suelta de reses y toro ensogado cuando haya ganado de hasta 18 meses y deberán ir acompañados de sus padres o tutores.

3. Instalación de una plaza de toros portátil

Se ha mejorado el proceso de autorización e instalación de plazas portátiles y se ha aumentado la exigencia y requisitos para garantizar la seguridad, solidez y accesibilidad de las estructuras. Además se modifica el procedimiento de inspección técnica que deberá realizarse por un titulado en arquitectura, arquitectura técnica, ingeniería o ingeniería técnica, visado por el colegio profesional y la perceptiva inspección deberá realizarse en los siguientes plazos:

  • Inspección de plaza de toros de categoría A. Cada dos años
  • Inspección de plaza de toros de categoría B. Cada tres años

4. Formación en las escuelas taurinas

Se modifica el desarrollo de las clases prácticas para mejorar la seguridad del alumnado compatibilizando la educación obligatoria del alumnado con su formación teórica y práctica taurina. No podrá autorizarse una escuela taurina si no se garantiza de forma efectiva por sus promotores, titulares o responsables la compatibilidad de la actividad de aprendizaje taurino con la educación obligatoria de todos y cada uno de su alumnado en edad escolar.

Se incluye el número de clases prácticas que celebran estos centros, que ascendió hasta 13 en 2022. Cinco fueron en Zaragoza, cuatro en Huesca y cuatro en Teruel.

5. Venta de entradas

Se regula la venta de entradas de forma telemática y se añade este sistema teniendo en cuenta la realidad de los espectadores. 

Además: "en las taquillas de la plaza y en los puntos de venta que la empresa establezca figurará en lugar bien visible el precio de cada clase de billetes. Igualmente, en cada billete figurará impreso el precio correspondiente, así como el número de billetes y, en todo caso, nombre o razón social y domicilio de la empresa. En las plazas que no estén numerados los asientos, se consignará esta circunstancia en el billete”.

6. Médicos y ambulancia 30 minutos antes

La normativa de festejos taurinos que se va a aprobar especifica que en los encierros urbanos es necesaria la presencia de servicios médicos que comprenderán, como mínimo, un médico y un graduado en enfermería, así como la presencia en exclusiva de, al menos, una ambulancia soporte vital básico treinta minutos antes de la celebración del festejo, durante todo el festejo y hasta el embarque de las reses al camión.

7. Servicios veterinarios

El nuevo decreto modificará también los requisitos necesarios para formar parte del equipo veterinario de servicio en los festejos taurinos y estos serán nombrados por la Administración autonómica. Deberán ser veterinarios colegiados por un Colegio profesional de Veterinaria, de conformidad con la normativa aplicable en materia de colegios profesionales.

8. Embarque de reses

La norma modificada especifica que el embarque de las reses se realizará en cajones individuales  cuyo interior habrá de ir forrado con materiales adecuados a fin de que las astas de las reses no sufran daños. Los cajones estarán provistos de troneras para su ventilación. Además, cuando el desencajonamiento de las reses se realice en el ruedo con presencia de público deberán permanecer en el mismo, al menos, dos cabestros”.

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