Ley de bienestar animal: ¿cuánto tiempo puedo dejar solo a mi perro en el jardín?

El proyecto de ley aprobado en el Congreso considera infracción grave (con una multa de hasta 50.000 euros) que un perro esté de forma habitual en el exterior.

Hay muchos perros que viven en el exterior.
Hay muchos perros que viven en el exterior.
Pixabay

El Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales fue aprobado el 9 de febrero por el Congreso de los Diputados y ha sido remitido al Senado para su debate antes de su definitiva entrada en vigor.

Entre las novedades, el artículo 32 de tipifica como una infracción grave "mantener de forma permanente a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos". Su incumplimiento puede suponer multas de hasta 50.000 euros.

Entonces, ¿qué pasa con los animales que viven en el jardín o en el patio de un unifamiliar? ¿Tendrán que pasar la noche en el interior del hogar aunque tengan su propia caseta para refugiarse del frío y todos los cuidados proporcionados por sus dueños? 

Normativa sobre perros en el exterior

El anteproyecto de ley de bienestar animal no especifica qué hacer con los animales domésticos que viven en el jardín, aunque sí habla de perros pastores a los que sí permite pasar tiempo en el exterior siempre que cuenten con un refugio y un sistema de rastreo. En cuanto a los perros domésticos la norma es muy general.

En este caso, son mucho más concretas las ordenanzas municipales como al de Madrid que, aunque prohíbe la permanencia continuada de animales en terrazas o patios, añade que, en el supuesto de viviendas unifamiliares, los animales podrán estar en el exterior siempre que las condiciones de su alojamiento lo permitan.

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Cuál es la norma en Zaragoza

En Zaragoza, el artículo 2 de la ordenanza municipal  sobre la Protección, Tenencia y Venta de Animales, que data de 2019, indica que los animales "no pueden tener como alojamiento habitual, los vehículos, terrazas, balcones, garajes, trasteros ni habitáculos que no reúnan las condiciones higiénico-sanitarias necesarias" .

Esta normativa conmina a sus dueños a disponer de un espacio para los animales con "ventilación, humedad, temperatura, luz y cobijo adecuados y necesarios en función de su tamaño y peso, para evitar sufrimiento alguno al animal y satisfacer sus necesidades vitales, su bienestar y su comportamiento normal como especie".

En el texto, además, se indica que los perros no se pueden "dejar sin atención durante mas de un día entero, en el interior o exterior de los pisos".

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