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La DGA exigirá certificados de idoneidad a los nuevos pisos turísticos y recuerda que limitar la cifra es competencia municipal

El Gobierno de Aragón dicta un0s requisitos mínimos a cumplir por sus propietarios. En la actualidad hay 2.810 en la Comunidad

El vicepresidente del Gobierno de Aragón, Arturo Aliaga, y la consejera de presidencia, Mayte Pérez, esta mañana.
El vicepresidente del Gobierno de Aragón, Arturo Aliaga, y la consejera de presidencia, Mayte Pérez, esta mañana.
E.P.

Aragón regula las viviendas de uso turístico. A partir de hora, los propietarios deberán acreditar que los pisos cumplen los requisitos mínimos exigidos por el Ejecutivo autonómico en un nuevo decreto y los ayuntamientos deberán realizar "evaluaciones preceptivas y vinculantes". En la Comunidad hay 2.810 viviendas turísticas registradas para las que solo se pidió una declaración responsable. A partir de ahora se exigirá un  certificado de idoneidad. La DGA dará un plazo de tres meses para adaptarse al nuevo decreto, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón (BOA),

La potestad de limitar el número de pisos turístico quedará en manos de los alcaldes, al ser una competencia municipal. Así lo ha recordado el vicepresidente y consejero de Industria, Arturo Aliaga, que ha destacado la importancia de regular estas viviendas, para reforzar el control y ofrecer garantías a los turistas. 

Los ayuntamientos tendrán capacidad para evaluar mediante un informe, que tendrá carácter preceptivo y vinculante, si la vivienda de uso turístico tiene carácter residencial y se ajusta a la normativa municipal sobre edificación, así como si la actividad de alojamiento turístico que se propone es conforme con el uso urbanístico previsto por la normativa municipal y cumple con las condiciones específicas .Por otra parte, las administraciones locales tendrán capacidad para evaluar si la actividad de alojamiento turístico cumple las directrices de ordenación territorial y los titulares de la vivienda deberán indicar en su declaración responsable que los estatutos de la comunidad de propietarios o los acuerdos de la junta de propietarios no limitan o condicionan el uso la misma impidiendo el ejercicio de la actividad turística. Además, el titular de la vivienda de uso turístico deberá disponer de un plano acotado, firmado por el técnico competente, sobre la vivienda de uso turístico.

El objetivo principal que se busca con este decreto es "incentivar la calidad" y mejorar el grado de satisfacción de los usuarios. Desde 2015, se han inscrito en el registro 2.810 viviendas de uso turístico, la mayoría de ellas, el 62%, en la provincia de Huesca, principalmente en las comarcas del Alto Gállego, Ribagorza y La Jacetania; un 15% en Teruel, destacando la Comunidad de Teruel y Gúdar-Javalambre y un 22% en la provincia de Zaragoza, en la que destaca la capital aragonesa.

Los requisitos exigibles

Las viviendas de uso turístico estarán compuestas, como mínimo, por un salón-comedor, cocina, dormitorio doble y baño. El salón-comedor y la cocina podrán estar unificados en un único espacio. El baño dispondrá, como mínimo, de lavabo, ducha, inodoro y espejo. Tendrán la consideración de estudios aquellas viviendas de uso turístico en las que el dormitorio esté integrado en un salón-comedor-cocina, sin que puedan sobrepasar una capacidad máxima de dos plazas.

 

El decreto aclara también que la capacidad total instalada en la vivienda de uso turístico, incluyendo los sofás-cama u otros elementos de descanso similares instalados en el salón, no podrá superar la capacidad máxima alojativa de la vivienda y no se podrán instalar camas fijas en el salón.

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