La UZ aprueba el permiso por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento para empleados de familia monoparental

La medida, publicada este viernes en el BOA, tendrá una duración de dieciséis semanas, ampliable en una semana más en supuestos concretos.

Paraninfo de la Universidad de Zaragoza
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Heraldo

La Universidad de Zaragoza ha aprobado el permiso por nacimiento, por adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente y lactancia, para empleados y empleadas públicas que formen una unidad monoparental, tal y como consta en el Boletín Oficial de Aragón de este viernes, 26 de noviembre. 

La finalidad de esta medida, según explica la institución académica, es "avanzar en la eliminación de los obstáculos que impiden la participación de las mujeres en todos los ámbitos y niveles de la Administración, así como la ampliación del permiso de maternidad y lactancia, con el fin de igualar el derecho del cuidado del menor, a las familias calificadas como monoparentales". Asimismo, también se prevé que puedan acogerse a esta medida las personas que queden viudas.

El permiso ahora aprobado tendrá una duración de dieciséis semanas, ampliable en una semana más en el supuesto de discapacidad del hijo o hija y, por cada hijo o hija a partir del segundo en los supuestos de parto múltiple.

Además, para el disfrute de este permiso, que podrá llevarse a cabo de manera interrumpida, será necesario haber agotado el permiso por nacimiento, por adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente que le corresponda, y, en su caso, el de lactancia acumulada.

Asimismo, en el supuesto del disfrute interrumpido se requerirá, para cada período de disfrute, un preaviso de al menos 15 días y se realizará por semanas completas. Este permiso podrá disfrutarse a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan.

Por otro lado, se establece un permiso de lactancia por hijo menor de doce meses, consistente en una hora de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada ordinaria en media hora al inicio y al final de la jornada, o en una hora al inicio o al final de la jornada, y puede ser sustituido por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente. Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple.

La nueva norma establece que en caso de fallecimiento de quien esté disfrutando los permisos, el otro progenitor podrá hacer uso de la parte que reste de los mismos.

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