ayudas al alquiler

Requisitos para las nuevas ayudas al alquiler para jóvenes en Aragón

En esta ocasión tendrán preferencia sobre las nuevas aquellas solicitudes no resueltas de la convocatoria anterior.

Viviendas de alquiler para jóvenes del Gobierno de Aragón.
Viviendas de alquiler para jóvenes del Gobierno de Aragón.
Heraldo

Tal y como anunció el consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro, el Gobierno de Aragón preparar un nuevo paquete de ayudas al alquiler dotado de una cifra de 8,5 millones de euros, de los cuales 2,5 irán destinados al apoyo del alquiler de los jóvenes en Aragón. Financiación derivada del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. "Buscamos generar unos recursos en las personas jóvenes que les permita avanzar en el proceso de emancipación, formación de nuevos hogares y el acceso a la vivienda en régimen de alquiler", destacó Soro.

Estas ayudas económicas subvencionarán un porcentaje de la renta mensual que se haya satisfecho por el alquiler de la vivienda habitual y permanente entre los meses de noviembre de 2020 y septiembre de 2021. En el caso de remesa para los jóvenes, es decir, personas menores de 35 años, la convocatoria subvenciona el 50% de la renta. Dicha convocatoria se publicará el 7 de septiembre.

El precio del alquiler de la vivienda deberá ser de un máximo de 600 euros o menos en las capitales de provincia, Zaragoza, Huesca y Teruel, mientras en el resto de municipios, la renta máxima se establece atendiendo a la renta media de la localidad: en algunos casos es de hasta 500 euros, en otros hasta 400 euros y en otros hasta 300 euros. Por otro lado, la documentación que se presente corresponderá al ejercicio 2020.

REQUISITOS PARA LAS AYUDAS AL ALQUILER DE JÓVENES

Para el beneficiario

  • Ser español o tener residencia legal en España
  • Ser menor de 35 años
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento en el territorio de la Comunidad Autónoma
  • La vivienda arrendada será la residencia habitual y permanente durante todo el periodo subvencionable (entre los meses de noviembre de 2020 y septiembre de 2021).
  • La renta de alquiler será igual o inferior a 600 euros mensuales, variando según la localidad
  • Estar al corriente del pago mensual de alquiler

Para el resto de los integrantes de la unidad de convivencia:

  • Disponer de unos ingresos máximo iguales o inferiores a tres veces el IPREM; es decir, no sea superior a 1.694,7 euros al mes
  • Si la familia es numerosa de categoría general o persona con discapacidad, los ingresos serán iguales o inferiores a cuatro veces el IPREM
  • Si la familia es numerosa de categoría especial o personas con discapacidades mentales iguales o superiores al 33% o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, los ingresos serán iguales o inferiores a cinco veces el IMPREM
  • Los ingresos mínimos serán de 1,2 veces el IMPREM (677,88 euros)
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias el art 13.2 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre
  • Ninguna de las personas con domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada puede ser propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España o tener parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador. tampoco ser socio o partícipe del arrendador
  • La vivienda arrendada no formará parte de la bolsa de alquiler social del Gobierno de Aragón

Preferencia para solicitudes no resueltas de la convocatoria anterior 

Las subvenciones se concederán por orden de presentación de las solicitudes completas que cumplan los requisitos. Además, debido a que en la anterior convocatoria de 2020 hubo una parte de solicitudes que no pudieron resolverse, en esta convocatoria se van a resolver y rescatar esas solicitudes, con carácter preferente a las nuevas presentadas. Además, desde el departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, aseguran que se está "trabajando n la ampliación del presupuesto destinado a las ayudas a jóvenes con la previsión de poder destinar hasta un millón de euros más".

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión