campaña de inmunización

El TSJA exime ahora a los trabajadores de residencias no vacunados de pagar las PCR cada 72 horas

Acepta la cautelar presentada por CC. OO. al entender que supone "una discriminación injustificada" porque la inmunización “no es obligatoria".

A pesar del avance de la vacunación, Salud Pública sigue 'cerrando' residencias.
Varias dosis de vacunas contra la covid-19.
Oliver Duch

Los trabajadores de las residencias que no están vacunados no tendrán que pagar de su bolsillo las pruebas PCR a las que se deben someter cada 72 horas para constatar que no están infectados por la covid. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha aceptado el recurso contencioso-administrativo presentado por la Federación de Sanidad del sindicato Comisiones Obreras (CC. OO.). Serán las propias empresas o el Ejecutivo autonómico, en el caso de centros públicos, quienes se tendrían que hacer cargo del gasto extra.

La secretaria general de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CC. OO., Delia Lizana, recuerda que acudieron al TSJA al entender que con esta medida "se están vulnerando derechos fundamentales de las plantillas”. Se acepta así la cautelar respecto a que el coste económico de las PCR o los test de antígenos no sea asumido por el personal no inmunizado contra la covid. En el primer caso podría llegar a suponer hasta 450 euros al mes.

El TSJA admite ahora que “solo es susceptible de suspensión -pues a ello se refiere de continuo el escrito de la solicitud- el apartado sexto de la instrucción” la asunción de costes de la realización de la prueba diagnóstica. De esta manera, “los trabajadores no vacunados están obligados a asumir el coste de la realización de la prueba diagnóstica cuando obedezca a una decisión propia. En el resto de los casos, corresponderá asumirlo a la entidad titular o gestora del centro de servicios sociales especializado de naturaleza residencial”.

El fallo reconoce que “son medidas impuestas por la propia naturaleza del trabajo que desarrollan, y exigibles por los empresarios en sus funciones colaborativas con la Administración. Aunque es evidente que tienen un componente de salud pública, pues toda la lucha contra la pandemia por el coronavirus lo es, consideramos que están protegiendo dos derechos recogidos en la Constitución, el derecho a la salud y el del trabajo en condiciones adecuadas de seguridad e higiene”. Y señala que no se suspende la Orden que impone los cribados “por el sencillo motivo de que no ha sido recurrida”. Eso sí, el Tribunal admite que “la obligación de abonar las pruebas conlleva un evidente y grave perjuicio económico, la dilación en el tiempo de esta obligación, puede hacerla especialmente gravosa para los trabajadores. Desconocemos cuánto vale una prueba, pero si un trabajador debe hacerse una medida de 10 pruebas cada mes, se comprobará con facilidad que su obligación es un perjuicio relevante”. También reconoce que “no está justificada una medida que discrimina a los trabajadores no vacunados, cuando en la actualidad la vacunación no es obligatoria”, por lo que “el coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores”.

Lizana ha adelantado que la intención de Comisiones Obreras es recurrir por la vía penal la próxima semana esta medida obligatoria de someterse a pruebas periódicas de diagnóstico de infección por covid a todos los trabajadores de las residencias de mayores no vacunados, tras conocer que el Tribunal Supremo avala la orden del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y deniega hacer pruebas de coronavirus a este colectivo.

Esta medida aprobada por la DGA habría logrado reducir del 10,4% al 3% el porcentaje de trabajadores que se negaba a inmunizarse.

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