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Cómo solicitar el título de familia numerosa en Aragón: requisitos y documentación

Cualquiera de los ascendientes de la familia puede solicitarlo; en el caso de orfandad, lo hará el mayor de los hijos.

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El título de familia numerosa es un documento que facilita el equilibrio del presupuesto familiar, cargado por las circunstancias de número de miembros y sus necesidades. Descuentos en servicios, deducciones fiscales y beneficios escolares son algunas de las consecuencias positivas de tenerlo. En Aragón puede solicitar el título de familia numerosa cualquiera de los ascendientes de la familia: el padre, la madre, el cónyuge de uno de ellos o la persona que tenga tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo de los hijos o hijas, siempre que estos convivan con ella y a sus expensas. En el caso de huérfanos, realizará la solicitud el mayor.

Hay que señalar que el Gobierno ha manifestado su intención de considerar próximamente como familia numerosa a aquellas con un solo progenitor o progenitora y dos menores a su cargo, según el anuncio que hiciera el pasado 2 de junio en el Congreso de los Diputados la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, durante su comparecencia en la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia. Se prepara una Ley de Diversidad Familiar y Apoyo a las Familias que incluye este supuesto. "Esta ley considerará por fin como familia numerosa a aquellas formadas por un solo progenitor o progenitora y dos niños o niñas. Esta ley tendrá en cuenta la gravísima situación de vulnerabilidad y exclusión a la que se enfrentan muchas familias monoparentales en nuestro país, que son más bien monomarentales (al estar el 80% encabezadas por una mujer)", afirmó Belarra.

Requisitos y documentación necesaria para las familias numerosas en Aragón

La familia numerosa tiene que contar con un esquema mínimo de un ascendiente y tres o más hijos solteros y menores de 21 años, o bien discapacitados o incapacitados para trabajar, siempre y cuando convivan con los ascendientes y exista dependencia económica. El límite de edad de los hijos se ampliará hasta el cumplimiento de los 26 años de edad cuando cursen estudios.

Hay que presentar una amplia cantidad de formularios y acreditaciones. Éstos son los documentos esenciales:

  • Solicitud rellenada debidamente. Se cumplimentarán los datos del segundo titular si esta persona tiene vínculo matrimonial con la persona solicitante, o están inscritos en un Registro de Parejas Estables no Casadas (pareja de hecho). También si conviven sin ningún vínculo y tienen como mínimo un hijo/a en común conviviendo con ellos.
  • Libro de Familia Numerosa.
  • Acreditación de identidad de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años. En caso de renovación, solo si los documentos se han renovado.
  • Certificado de matrícula expedido por la secretaría del centro donde cursen estudios, con sello o en su defecto con el recibo bancario.
  • Declaración de ingresos de los hijos. Si hay dependencia económica de hijos mayores de 16 años, se requiere una declaración jurada que consta en el impreso de solicitud, en la que se expresa que los ingresos de esos hijos/as, en cómputo anual, no son superiores al IPREM vigente, incluidas pagas extraordinarias.
  • Acreditación de un miembro discapacitado, si procede.
  • Copia última declaración del IRPF de los miembros. Si el número de hijos es de cuatro o más y se quiere equiparar a la categoría de familia numerosa especial, hay que adjuntar un certificado negativo de la Agencia Tributaria para los no obligados a presentarla.
  • Certificado de Empadronamiento de todos los miembros de la familia que vayan a figurar en el Título de Familia Numerosa. El documento no podrá tener una antigüedad superior a 3 meses.
  • Dos fotografías de 6x8 centímetros actualizadas de todos los miembros que vayan a figurar en el Título de Familia Numerosa.

Cómo solicitar el título de familia numerosa en Zaragoza, Huesca y Teruel

La solicitud del título de familia numerosa debe ser presencial, pidiendo cita previa en las Oficinas de Información y Registro correspondientes de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00.

Condiciones especiales para el título de familia numerosa

  • Si se trata de la primera expedición, hay que acreditar el vínculo conyugal de los ascendientes o certificado de inscripción en el Registro de Parejas Estables no Casadas.
  • En caso de hijos no comunes, se necesita el certificado defunción del cónyuge progenitor, si procede. 
  • En caso de viudedad y de no figurar en el Libro de Familia, hace falta una sentencia judicial medidas paterno-filiales. 
  • Si hay separación o divorcio, debe aportarse una declaración del progenitor custodio o documento privado acuerdo; en el caso de que el progenitor solicitante no tenga atribuida la custodia individualmente, se necesita una declaración expresa del otro progenitor o un documento privado de acuerdo. 
  • En caso de caso de custodia compartida hay que presentar una resolución administrativa tutela o acogimiento y la declaración ingresos de los hijos
  • En el caso de extranjeros hay que adjuntar la tarjeta de Residencia o Trabajo vigentes de todos los miembros de la unidad familiar, o la solicitud de renovación.
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