vivienda en aragón

Los documentos que necesitas para solicitar una vivienda de protección oficial de Aragón y los requisitos

Este proceso persigue transacciones transparentes, más ágiles y funcionales, tanto para promotores como para adjudicatarios.

Viviendas de protección oficial en Arcosur de Zaragoza
Viviendas de protección oficial en Arcosur de Zaragoza en una foto de archivo
Oliver Duch

La obtención de una vivienda protegida es un paso fundamental en la vida de sus solicitantes, el depósito de unas ilusiones y esfuerzos que determinan su día a día desde las circunstancias económicas personales. El decreto 211/2008, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, determinó la aprobación del reglamento del registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón. Posteriormente, en virtud de la orden de 26 de abril de 2010, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, se regula el procedimiento telemático de presentación de solicitudes en el citado registro. Estas medidas han marcado el camino de un propósito múltiple; para empezar, el reforzamiento del protagonismo público en la adjudicación de viviendas protegidas y la garantía de la transparencia y la igualdad de condiciones para acceder a las viviendas protegidas de todos los ciudadanos interesados.

La administración también buscó con esta regulación simplificar y agilizar los procedimientos de adjudicación, evitando demoras excesivas que perjudiquen a adjudicatarios y promotores. Además, se quiso conseguir mayor coherencia entre las distintas fases del proceso de adquisición de una vivienda protegida, desde la propia inscripción a la adjudicación o concesión de ayudas; por último, la meta era y es conseguir una mayor adecuación entre las viviendas protegidas ofertadas y las características de la demanda de este tipo de vivienda, reduciendo así el número de renuncias y evitando que las unidades de convivencia destinen un porcentaje demasiado elevado de sus ingresos a la adquisición de una vivienda protegida.

La duración de la inscripción es de tres años; una vez transcurrido dicho plazo sin renovación de la inscripción y sin necesidad de requerimiento alguno al interesado, se produce la baja. Además, también es causa de baja por exclusión la renuncia a la vivienda asignada sin acreditar alguna de las causas tasadas que establece el reglamento.

Requisitos para optar a una vivienda protegida en Aragón

  • Presentación de la solicitud ante el Servicio Provincial correspondiente, del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.
  • Ser mayor de edad o menor emancipado legalmente.
  • Tener necesidad de vivienda.
  • Residencia en un municipio de Aragón.
  • Cumplir los límites de ingresos máximos y mínimos establecidos en cada caso y no ser titulares de bienes y derechos con un valor real, superior al precio máximo de una vivienda protegida calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de inscripción o, en su caso, de la adjudicación.
  • No haber sido dado de baja en el Registro por no concurrir el requisito de tener necesidad de vivienda ( en este supuesto, los solicitantes inscritos en los que no concurra el requisito de tener necesidad de vivienda, no podrán darse de alta nuevamente hasta transcurridos tres años desde la transmisión de la vivienda de que disponen o del derecho que ostenten sobre la misma).
  • No haber renunciado a la vivienda que en su caso se le hubiese adjudicado, salvo la acreditación de la concurrencia de una de las causas de renuncia establecidas en la normativa de aplicación.

Documentación para acceder a una vivienda de protección oficial en Aragón

  • Solicitud facilitada debidamente rellenada y firmada.

  • Autorización para la consulta de datos de las personas de la unidad familiar.
  • Certificado municipal de empadronamiento, con indicación de la fecha de alta.

  • Acreditación de divorcio o separación. Documentación acreditativa del divorcio o separación matrimonial, en su caso, o de la extinción de pareja estable no casada.

  • Acreditación de la necesidad de vivienda. Documentación acreditativa de la necesidad de vivienda y, al menos, certificación de la Gerencia del catastro y nota de consulta al índice general de titularidades de los Registros de la Propiedad.

  • Justificación de la titularidad de bienes y derechos. Acreditación de no ser titular de bienes y derechos con un valor superior al precio máximo de una vivienda protegida calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de inscripción o, en su caso, de la adjudicación, conforme a la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Documentación que es necesario aportar si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • Copia del libro de familia. Acreditación convivencia pareja estable. En su caso documento equivalente que acredite la convivencia, acreditación de la existencia de la pareja estable no casada conforme a la Ley 6/1999, de 25 de marzo, o en el caso de extranjeros residentes en España, copia de la solicitud de residencia por reagrupación familiar presentada ante el Ministerio del Interior, o en su caso, declaración responsable de que dicha reagrupación no ha sido solicitada.

  • Tanto de la persona solicitante como del resto de personas de la unidad familiar. Acreditación sobre discapacidad física, psíquica o incapacidad. Justificación de la discapacidad psíquica, física, incapacidad o enfermedad, en caso de que fuese alegada. También deberán aportar la documentación sobre los ingresos: declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente al último ejercicio, en el caso de solicitar vivienda protegida en propiedad.

Documentación que consultará la administración para poder resolver este trámite:

  • Documento de identidad. Consulta del Documento de Nacional Identidad o documento que acredite la identidad para extranjeros.

  • Acreditación sobre discapacidad física, psíquica o incapacidad. Justificación de la discapacidad psíquica, física, incapacidad o enfermedad, en caso de que fuese alegada.

  • Documentación sobre los ingresos. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente al último ejercicio, en el caso de solicitar vivienda protegida en propiedad.

El solicitante puede oponerse a que la administración consulte esta información. En tal caso deberá aportar los documentos correspondientes que acrediten esa información en el momento de hacer la solicitud.

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