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¿Se puede conseguir asistencia jurídica gratis en Aragón? Requisitos y cómo solicitarla

Es un derecho amparado por ley en España desde hace 25 años; hay una serie de requisitos para poder beneficiarse de esta opción.

Banderas a media asta en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza por la pandemia del coronavirus.
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José Miguel Marco

La Ley 1/1996, de 10 de enero, tiene por objetivo determinar el contenido y alcance del derecho a la asistencia jurídica gratuita al que se refiere el artículo 119 de la Constitución, así como regular el procedimiento para su reconocimiento y efectividad en los diferentes territorios del Estado español. Han pasado 25 años desde que esta ley se promulgase, y las bases para acceder a ella están detalladas en la página web del Gobierno de Aragón. Están habilitados para pedir asistencia jurídica gratuita los ciudadanos españoles, los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que se encuentren en España. También pueden hacerlo asociaciones de utilidad pública y fundaciones inscritas en el registro público correspondiente.

Requisitos para tener asistencia jurídica gratuita en Aragón

Para que esta solicitud pueda llegar a buen término es necesario en primer lugar que el litigio sea en defensa de derechos o intereses propios. Además, debe acreditarse insuficiencia de recursos para litigar, es decir, no tener ingresos suficientes para hacer frente a los gastos que conlleva un juicio. Se establecen unos umbrales máximos, que no se pueden superar, tomando como referencia el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento:

  • Para personas que viven solas, dos veces el IPREM.
  • Para unidades familiares de hasta tres miembros, dos veces y medio el IPREM.
  • Para unidades familiares de cuatro o más miembros, tres veces el IPREM.
  • En casos excepcionales, según las circunstancias familiares, cinco veces el IPREM.
  • Para asociaciones y fundaciones, la base imponible en el Impuesto de Sociedades debe ser inferior a la cantidad equivalente al triple del IPREM en cómputo anual.

Existe un colectivo de personas en circunstancias especiales, que pueden pedirla sin necesidad de acreditar insuficiencia económica:

  • Trabajadores/as y beneficiarios/as de la Seguridad Social, para demandas por despido o reclamación de nóminas no pagadas.
  • Víctimas de terrorismo, de trata o de violencia contra la mujer, para procesos relacionados con estos delitos.
  • Menores de edad o personas con discapacidad psíquica víctimas de un abuso o maltrato, para procesos vinculados con estos delitos.
  • Víctimas de un accidente que conlleve la incapacidad laboral permanente, para reclamar una indemnización por los daños sufridos.

Dónde pedir la asistencia jurídica gratuita en Aragón

Las solicitudes han de presentarse ante el colegio de abogados de la provincia que corresponda con la sede del órgano judicial que conozca del procedimiento, o bien ante el juzgado decano del domicilio del solicitante, si el proceso no se hubiere iniciado. En la gestión de la prestación de asistencia jurídica gratuita participa el Gobierno de Aragón, como máximo responsable y pagadora de la misma; los colegios de abogados que recepcionan la solicitud, la valoran y la remiten a la Administración; las comisiones provinciales de asistencia jurídica gratuita, que tienen reservada la competencia de resolver la concesión o denegación del reconocimiento del derecho, y que están compuestas por funcionarios del Gobierno de Aragón, fiscalía provincial y representantes de colegios de abogados y procuradores; y, por último, el juez competente en el fondo del asunto por el que se solicita la justicia gratuita, y que tiene reservada la competencia de resolver los recursos.

Documentación a presentar

En el caso de las asociaciones hay que presentar una declaración de utilidad pública. Para las fundaciones, la inscripción registral. Los extranjeros sin permiso de residencia deben adjuntar la fotocopia del pasaporte, y es necesaria una nota simple del registro de la propiedad si se alegan cargas sobre el inmueble. En el caso de un certificado de los centros de trabajo son necesarias las altas y bajas específicas de la Seguridad Social, y para certificado de empresa se deben acreditar los ingresos brutos anuales.

Cómo tramitar la asistencia jurídica gratuita en Aragón

Este trámite sólo puede realizarse de forma presencial. Hay que pedir cita previa en citaprevia.aragon.es y acudir con la documentación requerida a las Oficinas de Información y Registro del Gobierno de Aragón en la localidad que corresponda. El horario hábil es de lunes a viernes de 9.00 a 14.00.

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