Aragón insta al Supremo a aclarar si se pueden vender bienes de monumentos

La DGA solicita que se aclare su jurisprudencia en torno a la posibilidad de que sean vendidos los bienes artísticos integrados en los monumentos nacionales sin afectar a la indivisibilidad del conjunto y sin permiso de la administración competente.

Huesca, 29 ene (EFE).- El Gobierno de Aragón se ha dirigido al Tribunal Supremo para solicitar que aclare su jurisprudencia en torno a la posibilidad de que sean vendidos los bienes artísticos integ...
Fachada del edificio Pignatelli, sede de la DGA donde trabaja las denunciantes y uno de los afectados.
Fachada del edificio Pignatelli, sede de la DGA donde trabaja las denunciantes y uno de los afectados.
José Miguel Marco

El Gobierno de Aragón se ha dirigido al Tribunal Supremo para solicitar que aclare su jurisprudencia en torno a la posibilidad de que sean vendidos los bienes artísticos integrados en los monumentos nacionales sin afectar a la indivisibilidad del conjunto y sin permiso de la administración competente.

Con esta finalidad, los servicios jurídicos del Ejecutivo regional se han adherido al escrito de alegaciones presentado por el letrado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena a la sentencia dictada el pasado día 14 por el pleno de la sala de lo civil del Supremo que declaró nula la venta a Cataluña de 97 piezas del tesoro histórico artístico del Monasterio de Sijena (Huesca).

En esta sentencia, los magistrados consideraron nulas las ventas por haber sido hechas por una orden religiosa no autorizada para llevarlas a cabo, pero no por las razones que motivaron las resoluciones en primera y segunda instancia a favor de Aragón, en las que se hace referencia a la imposibilidad de disgregar un monumento nacional como Sijena de su tesoro artístico.

En su escrito, al que ha tenido acceso Efe, los servicios jurídicos del Gobierno aragonés destacan que el Monasterio de Sijena fue declarado monumento nacional en 1923, incluyendo no sólo el edificio, sino también las pinturas murales, sus bienes o los sepulcros y puertas.

Resaltan, además, que estos argumentos fueron reconocidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Huesca y la Audiencia altoaragonesa, pero no por el pleno del Supremo, que, afirman, "se extiende largamente sobre la no consideración como bienes fuera de comercio".

Una cuestión, añaden, que no era materia de discusión en el recurso de casación planteada por los recurrentes, que cuestionaban si los bienes vendidos eran parte o no indivisible del Monasterio de Sijena.

El Gobierno aragonés pregunta al Supremo en su escrito que, aunque las piezas en litigio pudieran tener la consideración de "bienes comerciales", "¿se pueden vender desmembrándose del monumento por la libre decisión de la propiedad, es decir, sin permiso alguno a pesar de estar afectos a él por la declaración de patrimonio cultural?".

"Conviene -añade el escrito de alegaciones- que, para la seguridad de todos nuestros monumentos nacionales, esta sala de lo civil complete o aclare su sentencia en el sentido de que, por más comerciales que estos bienes sean, lo que no se permite es dividirlos ni vaciarlos de su bien raíz a conveniencia de su dueño de terceros por un mero interés económico".

En su escrito de alegaciones, al que se ha adherido el Gobierno aragonés en lo referente a la indivisibilidad de los monumentos nacionales, el abogado del Ayuntamiento de Sijena, Jorge Español, advierte de que la línea jurisprudencial abierta por el Supremo podría provocar la disolución de una parte del patrimonio cultural español. 

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