El Museo de Lérida no descarta recurrir sentencia de Sijena ante el Constitucional

El museo de Lérida asegura que la sentencia es firme y el Museo de Lérida la tiene que aceptar", aunque precisa que "el escrito es complejo" y tienen que "seguir analizándolo con los abogados y las instituciones".

Piezas de procedencia aragonesa en el Museo de Lérida.
Piezas de procedencia aragonesa en el Museo de Lérida.
Guillermo Mestre

El Museo de Lérida no descarta recurrir la sentencia dictada ayer por el Tribunal Supremo, que desestima los recursos presentados por Cataluña con el fin de recuperar los bienes del monasterio de Sijena ya trasladados a Aragón hace ya tres años, ante el Tribunal Constitucional o, incluso, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Según ha informado el museo leridano en un comunicado, "la sentencia es firme y el Museo de Lérida la tiene que aceptar", aunque precisa que "el escrito es complejo" y tienen que "seguir analizándolo con los abogados y las instituciones" que conforman el consorcio para ver "si es factible iniciar algún otro mecanismo extraordinario".

Consideran que el Supremo "concede la razón a Aragón" por un "único argumento que era secundario y accesorio" en su argumentario, como es el de la falta de facultades de la priora del Monasterio de Valldoreix (Barcelona) para firmar escrituras de compraventa de bienes con la Generalitat, ya que consideran que estas escrituras tendrían que haberse firmado en el Monasterio de Sijena (Huesca).

Ante este "giro del guión" respecto a la línea argumental empleada por las autoridades aragonesas, desde el Museo señalan que este hecho demuestra que los "pilares fundamentales de la posición aragonesa estaban equivocados".

Añaden que las autoridades aragonesas explican por una parte que la normativa española de patrimonio cultural prohíbe este tipo de ventas y, por otra, que los objetos de estas ventas eran bienes de una naturaleza "muy especial" que los hacía merecedores de la cualificación "res extra commercium", es decir, con los que no se puede comerciar.

El comunicado afirma que la primera tesis ha sido descartada "categóricamente" por el Supremo, y que "tiene una importancia capital, ya que, de ser así, una gran cantidad de transacciones con bienes culturales protegidos habrían quedado automáticamente expuestas a impugnaciones".

Asimismo, recalca que el Supremo ha omitido también el argumento aragonés de que las ventas se hicieron sin contar con la autorización de la Santa Sede, "como era preceptivo".

En definitiva, según el Museo de Lérida , el Supremo solo se apoya en la falta de facultades de la priora de Valldoreix para vender los bienes, lo que según el museo leridano no hace ilegales o nulas las ventas, sino que, simplemente, no producían el efecto de transmitir la propiedad a la Generalitat.

Paralelamente, la sentencia sí que reafirma la "inviabilidad" de los argumentos defendidos por Cataluña, que estaban relacionados con las competencias administrativas de la Generalitat en materia de protección del patrimonio cultural catalán. 

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