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¿Puedo llevar flores a las tumbas de mis padres en el pueblo?

Las restricciones de movilidad en Aragón han marcado los desplazamientos y actividades habituales del puente de Todos los Santos.

Cementerio municipal de Biescas.
Cementerio municipal de Biescas.
Ayuntamiento de Biescas

Las fronteras de Aragón permanecen confinadas perimetralmente, así como las ciudades de Zaragoza, Huesca y Teruel, de manera particular. No obstante, la libre circulación en el interior de la Comunidad sí que está permitida, excepto si el lugar de residencia pertenece a una de las tres capitales de provincia. Tampoco se podrán traspasar los límites hacia lugares que formen parte de otras comunidades autónomas. Dichas limitaciones  entraron en vigor el pasado lunes 26 de octubre y seguirán vigentes, al menos, hasta el próximo 9 de noviembre.

Teniendo en cuenta esta situación de restricción de movilidad, dedicada a amortiguar la incidencia de casos de coronavirus y evitar su incremento, la mayoría de las actividades y desplazamientos frecuentes en un puente de Todos los Santos han quedado prohibidas. Uno de estos viajes habituales son las escapadas al pueblo para, entre otras cosas, visitar las tumbas de los familiares que allí descansan. Esto solo es posible si el sitio de partida se encuentra fuera de Zaragoza, Huesca y Teruel, en caso de que el lugar de residencia sea distinto a estas tres capitales y el pueblo de destino se encuentre dentro de Aragón.

Visitar un cementerio no es motivo de excepción

Y es que saltarse el confinamiento perimetral solo está permitido por motivos de necesidad primaria o en situaciones de urgencia, que en ningún caso corresponden con las visitas a los cementerios u otros lugares de culto. Los motivos de excepción están redactados en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, formulado por el Gobierno de España para declarar el estado de alarma en todo el país. Todas estas actividades, enumeradas a continuación,  requerirán de acreditación con el justificante adecuado.

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios
  • Obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; retorno al lugar de residencia habitual o familiar
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables
  • Por causa de fuerza mayor, situación de necesidad o cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

Restricciones en lugares de culto

La entrada de Aragón en el nivel 3 de alama, a causa de su situación epidemiológica, sitúa el aforo máximo permitido en lugares de culto en el 25% de su capacidad total. Además, en un campo santo de las magnitudes del cementerio de Torrero de Zaragoza, con el objetivo de evitar aglomeraciones, se han colocado sistemas de conteo, entre otras medidas dentro del marco de un protocolo especial, para que en ningún caso se rebase la cifra de afluencia limitada -6.000 personas-. 

En cuanto a las restricciones de entierros y velatorios, se limita la concentración a 15 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados. El grupo reunido no podrá superar las 15 personas y deberán respetar en todo caso la distancia de seguridad de 1,5 metros, además de usar mascarillas.

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Información sobre el puente de Todos los Santos en Aragón.

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