coronavirus en aragón

Publicada en el BOA la orden por la que Aragón pasará a nivel 3 de alerta

El nuevo Decreto-Ley 8/2020 del 21 de octubre establece el confinamiento perimetral para las tres capitales aragonesas (Zaragoza, Huesca y Teruel), a partir de las 00.00 de este jueves. 

En la nueva fase dos el aforo de las terrazas está limitado al 75% y el del interior de los bares, al 50%. No se pueden utilizar las barras.
La hostelería es uno de los sectores más golpeados con esta nueva orden.
José Miguel Marco

El Gobierno ha publicado ya en el Bolétin Oficial de Aragón la orden por la que toda la Comunidad aragonesa pasará al nivel máximo de alerta (el nivel 3) a partir del próximo lunes, debido a las altas cifras de incidencia del coronavirus que se están registrando en las últimas semanas. Se espera que el horizonte temporal de este confinamiento y de la declaración de nivel de alerta 3 sea "lo más limitado posible" con un máximo de treinta días según fija el decreto ley, aunque las medidas se evaluarán semanalmente.

El documento, publicado este miércoles, establece asimismo el confinamiento perimetral de las tres capitales aragonesas (Zaragoza, Huesca y Teruel), a partir de las 00.00 de este jueves.  

Estas son las principales medidas que destaca el Boletín

El confinamiento perimetral de las tres capitales de provincia, que entrará en vigor a las 00.00 de este jueves, supone la restricción de la libre entrada y salida de personas residentes, salvo las siguientes excepciones: asistencia a centros sanitarios, obligaciones laborales, retorno al lugar de residencia, cuidado de dependientes, asistencia a centros escolares o causas de fuerza mayor.

Se permite la circulación dentro del municipio afectado, si bien se recomienda evitar los desplazamientos ya actividades no imprescindibles.

Asimismo, el decreto-ley establece la entrada de toda la comunidad aragonesa en nivel 3 a partir del próximo lunes, 26,  lo que conlleva, entre otras, las siguientes normas específicas:

Cierre de la hostelería a las 22.00 , con prohibición de consumo en el interior del local y un aforo máximo en las terrazas del 50%.

Reuniones sociales de un máximo de 6 personas.

Entierros y velatorios: 15 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados.

Celebraciones: 10 personas en el interior y 15 en el exterior.

Lugares de culto: 25% del aforo permitido.

Hipermercados, medias y grandes superficies y parques comerciales: aforo máximo del 25%.

Establecimientos de venta de alimentación: 50% de aforo.

Mercados al aire libre: 25% de los puestos habituales.

Gimnasios, piscinas: 25%.

Museos y salas de exposiciones: 25%.

Cines, teatros, auditorios, con butacas preasignadas: 25%. Al aire libre: 25% del aforo, con un máximo de 150 personas.

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