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La Audiencia impone 4 años a un hombre por abusar de una mujer en Alhama de Aragón

Los hechos ocurrieron en 2015 después de la inauguración de un bar en dicha localidad. 

El acusado, de espaldas, en el juicio celebrado el pasado día 4 en la Audiencia.
El acusado, de espaldas, en el juicio celebrado el pasado día 4 en la Audiencia.
Toni Galán

La Audiencia de Zaragoza ha impuesto una pena de cuatro años al acusado Alberto José Aragón Carnero por un delito de abusos sexuales a una mujer, a la que conoció en una fiesta en un bar de Alhama de Aragón y se la llevó a su domicilio, donde le introdujo un dedo en el ano varias veces. Como no tenía antecedentes, le condenan por la pena inferior.

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2015. La víctima quería regresar a Zaragoza después de ir a la inauguración de un bar de un amigo, pero se quedó algo mareada al lado de su coche. El acusado, al que le había presentado el dueño del local, le invitó por Whatsapp a otra copa en su casa, pero ella se negó. Entonces, él se acercó donde estaba ella y la introdujo en su vehículo contra su voluntad, le quitó las llaves de su coche y el teléfono móvil y la condujo hasta su vivienda.

Cuando estaban sentados en un sofá, él intentó besarla. La mujer aprovechó un descuido del acusado para recuperar el móvil e irse al baño para pedir ayuda con mensajes al dueño del bar. Ella estaba en cuclillas vomitando en el inodoro, el acusado entró de manera sorpresiva al baño (estaba cerrado) y «con ánimo libidinoso, le metió la mano por debajo de las mallas elásticas que llevaba y le introdujo un dedo por el ano varias veces, a la vez que cogiendo una de las manos de ella se la acercaba a sus genitales».

Cuadro ansioso depresivo

La sentencia considera que ella no prestó su consentimiento, como declaró en el juicio. De hecho, como consecuencia de la agresión presentó un cuadro ansioso depresivo y necesitó tratamiento psicofarmacéutico, que aún recibe cinco años después. La Audiencia incide en que «la principal prueba de cargo» fue la declaración de la propia víctima y recuerda que esta cumple los criterios que establece el Tribunal Supremo para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado.

Por todo ello, tal y como pedían la Fiscalía y la acusación particular, a cargo del letrado Rodrigo Pérez, los magistrados han optado finalmente por condenar al encausado.

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