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El TSJA da la razón a los hosteleros aragoneses y suspende la limitación de reuniones sociales a 50 personas

Estima la medida cautelarísima que solicitó el colectivo tras aprobar el Gobierno de Aragón la nueva reducción de aforos la semana pasada que afectaba a bodas y comuniones. La DGA tiene tres días para presentar alegaciones.

Fachada de la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Fachada de la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Javier Pardos / HERALDO

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha estimado la petición de los hosteleros aragoneses para suspender la aplicación de la última restricción de aforos en celebraciones familiares que se rebajó a 50 personas el pasado miércoles. En el auto con fecha 14 de septiembre, la sección nº1 de la sala de lo contencioso-administrativo del tribunal estima la medida cautelarísima solicitada por la Confederación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Aragón contra la orden del departamento de Sanidad 841/2020 dictada el 9 de septiembre que incluía la limitación de aforos entre las medidas de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.

Dicha orden recoge que "las reuniones sociales no podrán superar el número de cincuenta personas, cuando tengan lugar en espacio o local cerrado, ni el de cien personas, cuando se produzcan al aire libre". Se refiere a las reuniones en el ámbito privado o familiar, como "encuentros de amigos, celebraciones familiares, cumpleaños, bautizos, comuniones, bodas, funerales y otras de análoga naturaleza."

"Imposible reaccionar"

La patronal de la hostelería solicitó la suspensión para intentar salvar los eventos que tenían previstos para ese fin de semana, que no fue posible. Sin embargo, se podrán celebrar sin la última restricción las que tengan lugar a partir de ahora y hasta que se emita una resolución definitiva, ha explicado  Cristina Llop, del despacho Ecija Abogados que ha solicitado la suspensión.

Se podrán celebrar en Aragón bodas, comuniones y otros actos sociales con más de 50 invitados a partir de ahora y hasta que se emita una resolución definitiva

El Tribunal lamenta en el auto "el escaso tiempo entre la publicación, el miércoles, y los primeros efectos intensos, el primer fin de semana, hayan hecho imposible reaccionar a la parte a tiempo, pese a que lo presentó en dos días".

Las medidas cautelarísimas se pueden solicitar "cuando hay unas razones de especial urgencia, porque se van a provocar daños irreparables", explican desde el despacho de abogados. Ahora se dará traslado a la Administración y en unos días se conocerá la decisión definitiva.

El tribunal tiene en cuenta el escaso margen de actuación y las pérdidas estimadas que aporta la patronal con los casos de tres restaurantes que tendrían que cancelar 14, 20 y 7 eventos, respectivamente, del 11 al 13 de septiembre, con facturaciones de 78.048 euros, 64.940 euros y 66.500 euros. El tribunal tiene en cuenta que "los meses de septiembre y octubre son los más tradicionales, junto con abril a junio, para la celebración de bodas" y que habrá "otros muchos restaurantes de Aragón no asociados" a la patronal y también afectados.

A ello añade "los daños personales y morales a quienes han encargado los eventos, así como los daños a los invitados que han hecho gastos para las bodas, de trajes, trenes, aviones, etc". Considera "especialmente penosa" la situación de los novios que deben suspender el enlace  o restringir el número de invitados "diciendo quiénes son prescindibles y cuando han podido generarles ya importantes gastos a los mismos en trajes, billetes de transporte, etc". 

Entiende que no se pueden causar perjuicios graves al interés público por la suspensión de la limitación de aforos. Y cree que "no se ha acreditado o justificado en la orden, aunque sí se diga, que los acontecimientos que se pretende restringir hayan sido realmente un factor determinante del incremento de casos". Por ello, el tribunal apunta a que "entre las muchas informaciones contradictorias", la que parece más segura es que "el rebrote de julio-agosto en Aragón parece que se originó en el trasiego de temporeros en las zonas limítrofes de Aragón y Cataluña" en lo que habría influido el "hacinamiento en lugares mal acondicionados, traslado a pisos-patera, etc".

Considera "absurdo" que no se puede celebrar en el mismo local una boda de sesenta personas "pero sí dos de 50, separadas por un biombo". Y señala que "lo peor de este segundo brote en Aragón se produjo a finales de julio y primeros de agosto, que es cuando parece más lógico que se hubiese tomado tal medida".

Por todo ello, el tribunal ve "perfectamente atendibles, prima facie, y a efectos de conceder la cautelarísima, los argumentos de la parte, esencialmente los relativos a que no se conoce una justificación de fondo para establecer estas concretas restricciones de derechos, no habiendo motivos para pensar que la suspensión de las restricciones no pueda esperar unos días a que, oída la administración, se resuelva de modo definitivo la cautelar".

El Gobierno de Aragón tiene tres días para presentar alegaciones sobre el mantenimiento, levantamiento o modificación de la medida acordada.

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