coronavirus

El BOA publica lo que se puede hacer en la nueva normalidad que estrena Aragón

Las restricciones se relajan "ante tendencias descendentes epidemiológicas claras" pero con la obligación de los ciudadanos de "precaución y colaboración".

USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS EN ARAGON / 12/07/2020 / FOTO : OLIVER DUCH [[[FOTOGRAFOS]]]
Imagen del centro de Zaragoza.
Oliver Duch

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado esta mañana la ORDEN SAN/828/2020, de 4 de septiembre, por la que se acuerda la reincorporación plena al régimen de nueva normalidad de las Comarcas de Bajo Cinca, Bajo Aragón Caspe, Comarca Central y municipio de Huesca.

En el se justifica la decisión por el ejercicio permanente por parte de la autoridad sanitaria de la "ponderación beneficio-riesgo", por lo que considera "coherente" la atenuación de las medidas de carácter social "ante tendencias descendentes epidemiológicas claras". De esta manera, "se permite equilibrar la estrategia de prevención con la reactivación económica, en especial de aquellos sectores más presionados por las medidas", señala el texto de la orden.

Limitaciones de aforos

Pese a la relajación de las medidas, se siguen manteniendo las que garantizan la contención social de la transmisión, como pueden ser las limitaciones de aforos y horarios de apertura de establecimientos o el uso obligatorio de mascarillas.

El documento destaca que se mantiene para los ciudadanos las obligaciones de precaución y colaboración Así, mientras se mantenga la actual situación de crisis sanitaria provocada por la pandemia covid-19 "todos los ciudadanos deberán desarrollar sus actividades, de cualquier índole, conforme al principio de precaución, con objeto de prevenir la generación de riesgos innecesarios para sí mismos o para otros y de evitar la propagación del virus causante de la pandemia".

Además, el Gobierno de Aragón señala que conforme a la normativa de salud pública "todos los ciudadanos tienen la obligación de facilitar el desarrollo de las actuaciones de salud pública y de abstenerse de realizar conductas que dificulten, impidan o falseen su ejecución".

La orden publicada hoy deja sin efectos la SAN/642/2020, de 24 de julio, por la que se adoptan medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia covid-19, así como sus modificaciones posteriores.

La orden produce efectos desde el mismo día de su publicación.

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