El Salud de Aragón condenado a pagar 120.000 euros por lesiones con anestesia

El TSJA ha condenado al Salud a indemnizar a un paciente por las secuelas permanentes en su pierna derecha a causa de una mala praxis al inyectarle una anestesia intradural en la espalda para una intervención en el tobillo izquierdo.

Zaragoza, 21 may (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha condenado al Servicio Aragonés de Salud (Salud) a indemnizar con 120.000 euros a un paciente por las secuelas permanente...
Fachada de la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Fachada de la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Javier Pardos / HERALDO

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha condenado al Servicio Aragonés de Salud (Salud) a indemnizar con 120.000 euros a un paciente por las secuelas permanentes en su pierna derecha a causa de una mala praxis al inyectarle una anestesia intradural en la espalda para una intervención en el tobillo izquierdo.

Según se recoge en la sentencia, en respuesta a una demanda tramitada por el representante legal de la Asociación de El Defensor del Paciente en Aragón, el letrado Ricardo Agoiz, el paciente, un vecino de Zaragoza, fue operado en marzo de 2016 en el Hospital Royo Villanova de una artrosis en su tobillo izquierdo.

El tribunal considera probado que, a pesar de que la intervención consiguió corregir la patología que la había motivado, en el momento de serle aplicada la anestesia en la espalda, el paciente notó una "fuerte descarga eléctrica" que le provocó una sacudida.

Los informes forenses aportados a la causa señalan que a consecuencia de la "mala praxis" en la aplicación de la anestesia, la pierna del paciente se quedó tras la operación adormecida, sin posibilidad de sentirla ni de moverla.

Las secuelas apreciadas por los peritos muestran que el paciente precisa desde entonces de dos muletas para caminar dado que su pierna derecha quedó inutilizada entre la rodilla y el pie.

Además, tras la intervención estuvo de baja durante un año y medio, fue incapacitado de forma permanente para ejercer su profesión habitual, precisa de tratamiento médico para el dolor continuado y sufre de depresión y ansiedad.

"Resumiendo -señala el letrado-, entró en el quirófano para operarse el tobillo de la pierna izquierda y salió del quirófano con la pierna derecha completamente inutilizada".

La reclamación inicial ante la administración sanitaria fue rechazada hasta en dos ocasiones desde la Consejería de Sanidad del Gobierno aragonés, lo que llevó a la Asociación del Defensor del Paciente a interponer un recurso ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo.

La sentencia argumenta que al producirse un movimiento brusco por parte del paciente en el momento de administrársele la anestesia, los responsables médicos no debieron inyectar el líquido anestésico, sino que se debió retirar la aguja para reiniciar el proceso. 

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