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Sacar partido a los planes de pensiones en la declaración de la Renta

Estos productos de ahorro para la jubilación siguen teniendo ventajas fiscales, aunque su rentabilidad ha bajado.

Las monedas de euro también se fabrican y hay que pagar por ello.
El dinero aportado el año pasado se puede desgravar y también rescatar.
Pixabay

La campaña de la Renta mantiene sus fechas pese a la emergencia sanitaria del Covid-19 y el cierre de las oficinas de la Agencia Tributaria. Las declaraciones del impuesto sobre la Renta de las personas físicas (IRPF) se pueden presentar hasta el 30 de junio. De momento, solo a través de internet. 

A la hora de rebajar la factura fiscal, uno de los pocos productos que siguen permitiéndolo son los planes de pensiones, aunque su rentabilidad ha bajado en los últimos años. Además, en la actual situación de crisis el Gobierno ha incorporado el coronavirus entre los supuestos en los que se puede rescatar el dinero que se tiene ahorrado en estos productos sin penalización. Todavía no se está aplicando y los expertos aconsejan estudiar bien las ventajas e inconvenientes, partiendo de la situación personal de cada contribuyente.

Este producto financiero solo permite recuperar los importes acumulados sin penalización cuando se cumplen determinados requisitos, el principal, la jubilación. Peor en los últimos 10 años 726.000 españoles han pedido el abono anticipado de 4.000 millones de euros correspondientes por estar en desempleo, otro de los supuestos legales, según datos de Inverco, la organización que agrupa al sector.

Revisar el borrador

Las aportaciones que se hicieron al plan de pensiones el año pasado figuran en el borrador de la declaración que se puede descargar a través de la página web www.agenciatributaria.es, de acuerdo a los datos suministrados por la gestora del plan. La agrupación de Técnicos de Hacienda, Gestha, aconseja "verificarlos antes de validarlo". Este es uno de los puntos a revisar del documento por si hay algún error.

El dinero que se ahorró permite rebajar la base imponible que se declara. "La última reforma fiscal redujo la cantidad límite que se puede aportar, desde los 10.000 hasta los 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad", recuerdan desde Gestha.

El colectivo recuerda que también se pueden reducir las aportaciones a planes de pensiones del cónyuge del contribuyente cuando éste no perciba rendimientos del trabajo o de actividades económicas, o sean inferiores a 8.000 euros al año. En este caso, el límite de la aportación es de 2.500 euros.

El ahorro que permiten los planes de pensiones varía desde un mínimo del 19% hasta un máximo del 45% de la inversión realizada, con algunas diferencias en función de las tarifas aprobadas por las comunidades autónomas. Depende del tramo de Renta en el que se encuentre el contribuyente. A más ingresos, más tributación.

En 2019 "ya no es posible aplicar este régimen transitorio de reducción a las prestaciones percibidas en forma de capital derivadas de sistemas privados de previsión social", recuerdan.

Sigue aquí la información sobre la declaración de la Renta.

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