coronavirus

La entrada a la cárcel de presos en libertad o de permiso se estudiará caso por caso por los sanitarios 

También se suspenden los traslados intercentros. Estas medidas se aplican en todas las prisiones, además de la suspensión de los "vis a vis" y las visitas que no sean a través de locutorio en las de Madrid, Álava y La Rioja.     

La cárcel de Zuera en la entrada vigilada por la Guardia Civil
La cárcel de Zuera en la entrada vigilada por la Guardia Civil
Toni Galán

Instituciones Penitenciarias ha restringido el acceso a las cárceles de Madrid, Álava y La Rioja y suspendido los "vis a vis" y todas las visitas que no sean a través de locutorio, y solo permitirá la entrada al personal laboral o funcionario y al extrapenitenciario cuya labor sea imprescindible. En lo que respecta al resto de prisiones, habrá un control sanitario caso por caso en la entrada de presos en libertad o de permiso. 

Así lo ha informado este martes la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que con motivo de la epidemia del coronavirus ha adoptado estas medidas excepcionales en coordinación con el Ministerio de Sanidad y que se aplicarán a partir de este miércoles, con una vigencia inicial de 14 días. Prisiones recuerda que hasta la fecha solo se ha registrado un positivo por COVID-19 en las prisiones de la administración del Estado, el de una trabajadora de la cárcel de Aranjuez.

Para el resto de centros penitenciarios, incluidos los aragoneses de Zuera, Daroca y Teruel, se han decretado dos nuevas medidas:

- Los ingresos de libertad o de permiso serán valorados por personal sanitario por si fuera necesario tomar medidas de prevención o actuación.

- Se suspenden los traslados intercentros, salvo aquellos que obedezcan a razones excepcionales, sanitarias o judiciales

Estas decisiones se suman a las que se han venido adoptado desde el pasado 4 de febrero, siempre según las recomendaciones del Ministerio de Sanidad. Cabe destacar entre otras:

- La cancelación de visitas, comunicaciones o actividades que impliquen el contacto de internos y funcionarios con personas procedentes de zonas con trasmisión comunitaria.

- El aislamiento en celda individual de los casos sospechosos mientras se da traslado a las autoridades sanitarias para su evaluación y la toma de medidas.

-La comunicación inmediata a la autoridad sanitaria y judicial correspondiente si se decreta la libertad de un caso confirmado o de sospecha.

- Y la suspensión de congresos, seminarios, jornadas y cursos de los profesionales sanitarios fuera de los que se produzcan en sus respectivos centros y la cancelación de reuniones y acciones que impliquen la entrada en prisión de profesionales sanitarios extra penitenciarios.

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