La DGA plantea sanciones que van de 3.000 a 600.000 euros ante las agresiones al personal sanitario

Somete a información pública el anteproyecto de ley que regulará los derechos y deberes de los usuarios del Salud.

Hospital Miguel Servet de Zaragoza.
Hospital Miguel Servet de Zaragoza.
DGA

El Gobierno de Aragón pretende sancionar con multas que oscilarán entre los 3.001 y los 600.000 euros la "resistencia, falta de respeto, amenazas, insultos y represalias" y las agresiones físicas ejercidas contra los profesionales de los centros de salud, pacientes o acompañantes, siempre que no sean constitutivas de ilícito penal. Así figura en el anteproyecto de Ley de Derechos y Deberes del Sistema de Salud en Aragón, que desde este miércoles está en información pública. La futura norma tipifica infracciones leves, graves y muy graves tanto para los usuarios como para los profesionales, que se gradúan atendiendo a criterios de riesgo para la salud de las personas, la gravedad de la alteración sanitaria producida, la cuantía del eventual beneficio obtenido y los grados de intencionalidad y de reincidencia. El dinero recaudado se destinará, en todos los casos, a "la mejora de la calidad y cobertura del Sistema de Salud de Aragón".

Entre las infracciones leves, con sanciones que van de amonestaciones por escrito a multas de hasta 3.000 euros, figura el incumplimiento del régimen de visitas en los centros sanitarios, el uso "indebido, abusivo o irresponsable" de los recursos y prestaciones y el incumplimiento de responsabilizarse del propio estado de salud. En el caso de los profesionales, se castigarían irregularidades a la hora de cumplimentar informes o la omisión del deber de vigilancia o la falta de controles.

Más graves, y costosas (de 3.001 a 30.000 euros), se consideran tanto las faltas de respeto, insultos o presiones ejercidas sobre el personal sanitario en el caso de los usuarios o sus familiares, como las "actuaciones destinadas a menoscabar o restringir los derechos de los usuarios derivados del respeto a la autonomía del paciente" por parte de los profesionales.

Como muy graves (de 30.001 a 600.000) se entienden las agresiones físicas al personal y, en el caso de los sanitarios, el "incumplimiento del deber de garantizar la confidencialidad" y el "acceso a documentación clínica falseando las condiciones que legitiman para poder hacerlo". En ambos casos, se castigarán con dureza la destrucción y el deterioro de equipamientos sanitarios, y la reiteración en la comisión de infracciones.

El anteproyecto de ley establece que a los sancionados se les podrá cambiar de centro sanitario y plantea, además, que en las infracciones muy graves se podrá contemplar el cierre temporal de servicios sanitarios de carácter privado e incluso cursar inhabilitaciones profesionales de uno a cinco años. En casos de urgencia extraordinaria por el riesgo que implican unos hechos para la salud y seguridad de las personas, el órgano sancionador podrá actuar de oficio y adoptar medidas extraordinarias para que cese.

En la propuesta de la DGA se regula, además, la segunda opinión médica, que todo paciente podrá solicitar cuando reciba un diagnóstico que implica un pronóstico muy grave, quiera explorar alternativas de tratamiento o le propongan un tratamiento quirúrgico grave. No recoge la norma tiempos de espera máximos para las intervenciones.

La DGA plantea, además, los deberes de los pacientes, que deben brindar "respeto y consideración" a los profesionales, facilitarles la información, atender sus indicaciones, avisar con celeridad a los centro de salud si no van a poder acudir a una cita programada y responsabilizarse de su salud.

Los profesionales podrán negarse a prestar asistencia en situaciones de "injurias, amenazas o agresiones si no conllevan desatención" y les permiten ejercer la objeción de conciencia si lo admite la ley. Tendrán el deber de respetar la dignidad e intimidad de sus pacientes.

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