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Condenados dos vecinos de Tauste por intento de asesinato

La Audiencia impone sendas penas de tres años y medio de cárcel al autor material y a la inductora del delito

El acusado, Jorge L., delante de la acusada, Desiré A. (sentada), durante el juicio en la Audiencia.
El acusado, Jorge Larrode, delante de la acusada, Desiré Avila, (sentada), durante el juicio en la Audiencia.
Heraldo

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a Jorge Larrode, de 40 años, y a Desiré Ávila, de 36, ambos vecinos de Tauste, como autores de un delito de tentativa de asesinato del que fue víctima un joven de 20 años residente en la localidad cincovillesa.

 El tribunal condena a Larrode como autor material de la agresión y a Ávila como inductora de la misma. A ambos les aplica la eximente incompleta de enfermedad mental, pues padecen patologías que, aunque no anularon por completo su voluntad y conocimiento de lo que hacían, sí que las mermó de forma elevada.

Por esa razón, impone a cada uno de ellos una pena de tres años y medio de cárcel, a la que seguirá una medida de cinco años de tratamiento médico externo. Además, deberán indemnizar a la víctima con 10.000 euros, tal y como solicitó su abogada, Ana Herrando, por las lesiones y secuelas que le han quedado. 

Tras cumplir la condena, que no es firme y puede ser recurrida, no podrán acercarse al joven a menos de 500 metros ni comunicarse con él durante seis años.

El tribunal de la Sección sexta de la Audiencia recogen en su sentencia que el 21 de noviembre de 2017, sobre las 20.30, estando en un local tomando cocaína y consumiendo alcohol, Desiré Ávila le dijo a Jorge Larrode que estaba harta de A. E. porque no le hacía caso y quería matarlo. Para ello, acordaron llamar al joven con la excusa de que le querían comprar cocaína y decidieron que, tras probar la sustancia que trajera, el procesado le clavaría un cuchillo.

Cuando A. E. llegó, Larrode cerró la puerta y dejó las llaves puestas. Luego le invitó a drogarse y cuando estaba agachado sobre la mesa esnifando una raya de cocaína sacó un cuchillo de 20 centímetros de hoja y se lo clavó siete veces en la espalda, tórax y cuello, al tiempo que Desiré Ávila, según el tribunal, permanecía sentada en un sofá y le jaleaba con expresiones tales como "dale, dale, al moro de mierda" y "fuerte, fuerte". 

El joven logró levantarse y acercarse a la puerta, aunque Larrode le persiguió y le dio una última puñalada en la cabeza. Finalmente, logró abrir la cerradura al estar las llaves puestas y escapar del local. Corriendo se dirigió a un bar cercano donde fue socorrido. 

Para el tribunal, durante el juicio quedó probado que ambos acusados padecían en el momento de suceder los hechos enfermedades mentales que alteraban su capacidad de comprensión de la ilicitud de su conducta o le impedían actuar conforme a esa comprensión. 

Esta situación, según la sentencia, unida a un consumo etílico o de cocaína no anulaba totalmente las facultades intelectivas o volitivas de los coacusados, aunque sí les ocasionaban una merma media o elevada de su imputabilidad. 

Todo lo vivido creó en A. E. un estrés postraumático que se tradujo en una sintomatología adaptativa de corte ansioso, con manifestaciones tales como insomnio, preocupación, hiperactividad vegetativa con hipervigilancia, incremento de la reacción de sobresalto e insomnio. El joven recibió tratamiento psicológico durante siete sesiones en un lapso de tiempo de 5 meses. 

La sentencia recoge que los hechos quedaron probados por el reconocimiento de los mismos efectuado por Jorge Larrode durante el juicio y fueron corroborados por la declaración de la víctima, así como por el resultado de la inspección ocular que efectuaron los agentes de la Guardia Civil en el lugar de los hechos y los informes  periciales.

También la coacusada  declaró en el acto del juicio que había sido el Larrode la persona que le había clavado el cuchillo a A. E., si bien negó su participación en la agresión, aunque el tribunal ha valorado que durante la misma no hizo nada por evitarla.  

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