Desestimadas las 3.332 reclamaciones contra el cobro del ICA de 2016 y 2017

La Junta de Reclamaciones Económico Administrativas de Aragón ha desestimado e inadmitido los recursos  contra los recibos que se giraron al cobro en Zaragoza.

Los integrantes de la RAPA muestran sus reclamaciones con el ICA, ayer a las puertas del Pignatelli.
Foto de archivo de integrantes de la RAPA mostrando sus reclamaciones con el ICA a las puertas del Pignatelli.
O. Duch

La Junta de Reclamaciones Económico Administrativas de Aragón ha desestimado los recursos que se presentaron en Zaragoza contra el cobro del Impuesto de Contaminación de las Aguas (ICA) correspondiente a los ejercicios 2016 y 2017.

La Junta de Reclamaciones, un órgano del Gobierno de Aragón formado por expertos, que revisa y resuelve cualquier impugnación contra los hechos tributarios que se producen en la Comunidad y que es "una garantía de objetividad para los ciudadanos", en su reunión de este miércoles ha desestimado en unos casos e inadmitido en otros los recursos correspondientes a las 3.332 reclamaciones presentadas contra los recibos que se giraron al cobro en Zaragoza, correspondientes a 2016 y 2017.

Según fuentes del Gobierno de Aragón, la Junta de Reclamaciones ha entendido que, contrariamente a la justificación de las alegaciones, el ICA es un tributo propio de la Comunidad, de carácter medioambiental, sujeto al principio de que “quien contamina paga”, que no vulnera la autonomía local ni supone una doble tributación, ya que no se destina a financiar un servicio determinado, sino que se tributa por la producción de aguas residuales.

Los argumentos de la Junta de Reclamaciones reconocen que el ICA, tal y como expresa el artículo 80 de la Ley de Aguas y Ríos de Aragón, "es un impuesto solidario, que tiene una finalidad ecológica, ya que la recaudación que se obtiene por este tributo se destina a realizar actividades de prevención de la contaminación, así como otras que tienen que ver con el saneamiento y la depuración".

Explican las fuentes que de esta manera el Gobierno de Aragón cumple con el mandato legal de resolver las reclamaciones sobre el ICA, sin que exista posibilidad de que la administración se abstenga en ningún caso.

El ordenamiento jurídico evita así que una falta de respuesta por parte de la Administración pueda terminar en una condonación de la deuda o en una amnistía fiscal, que provoque un trato desigual a los ciudadanos o afecte a todo el sistema tributario. 

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