operación molinos

La repetición del juicio de La Muela no libra a Pinilla de una pena de 16 años por corrupción

La exalcaldesa cumpliría un máximo de 9 años si el Supremo confirma la condena de la Audiencia.

María Victoria Pinilla, en la Ciudad de la Justicia
María Victoria Pinilla, en una imagen de archivo sentada en el banquillo de los acusados de la Ciudad de la Justicia de Zaragoza.
Guillermo Mestre

A la segunda oportunidad, la balanza de la Justicia ha vuelto a inclinarse a favor de la Fiscalía y las acusaciones ejercidas por la Abogacía del Estado, el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento en el caso La Muela. Y tras la repetición parcial del juicio –en el que ya hubo 32 condenas firmes– por orden del Tribunal Supremo, la Audiencia de Zaragoza ha llegado a una conclusión muy similar: María Victoria Pinilla es autora de once delitos relacionados con la gestión del urbanismo de su pueblo durante las dos décadas que tuvo el bastón de mando.

En total, le imponen penas que suman 16 años, un mes y un día de prisión; 56 años de inhabilitación y multas por importe de 8,4 millones de euros por delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, cohecho, blanqueo de capitales y fraudes a la Administración, a la Hacienda Pública y de subvenciones.

No obstante y como ya anunció este miércoles su abogado, Santiago Palazón, recurrirá de nuevo ante el Tribunal Supremo. En todo caso, la expolítica no cumpliría más del triple de la condena más alta, que en su caso es la de tres años por cohecho pasivo. Es decir, por haber recibido dinero y regalos a cambio de favores hechos al empresario Julián de Miguel en su condición de alcaldesa.

El tribunal de la Sección Primera, presidido esta vez por el magistrado Rubén Blasco, ha condenado por ese mismo delito a Julián de Miguel, gestor del urbanismo de la localidad a través de su sociedad Aranade S. L. El empresario navarro, que fue designado personalmente por María Victoria Pinilla y promocionó durante años los terrenos municipales en La Muela y el polígono industrial de Centrovía obteniendo grandes ganancias. A cambio, hizo regalos a la exalcaldesa y su familia en forma de pagos de viajes, coches y entregas en metálico. El fallo recoge que desde 2002 a 2009, la familia Embarba Pinilla dispuso de 3.495.226 euros no declarados, procedentes de esos favores.

Una pena similar ha recaído sobre el constructor vasco Ignacio Unsain, gerente de Construcciones Sagain S. L., por un delito de fraude a la Administración derivado de la actividad especulativa llevada a cabo en la localidad zaragozana, con el beneplácito de la exalcaldesa y de Julián De Miguel. El Ayuntamiento de La Muela cifró el perjuicio causado al municipio por los acusados en 8,2 millones de euros por dos operaciones urbanísticas, aunque en las calificaciones definitivas solicitó una indemnización de 1,2 millones, que es la otorgada por el tribunal por la venta ilegal de dos parcelas.

El acusado que ha recibido más pena tras Pinilla ha sido Antonio Fando socio de la empresa Ente Gestor de Nuevas Tecnologías del Agua S. L. La Audiencia le impone una condena de 6 años y 7 meses de prisión por cohecho, malversación de caudales públicos y falsedad en concurso con fraude de subvenciones. La Audiencia considera probado que Fando falsificó facturas y simuló obras para cobrar indebidamente 389.880 euros en subvenciones del Instituto Aragonés del Agua (IAA). Los acusados que mejor parados han salido son Julio y David de Miguel, condenados a seis meses de cárcel por fraude a la Hacienda Pública (adelantaron el dinero) y el exconcejal Fernando Barba, que deberá pagar una multa de 1.440 €.

Tres claves

1. Se les aplica a todos la atenuante de dilaciones indebidas por una investigación que ha durado casi 12 años. 

Recuerda el tribunal que esta es una causa de 90.000 folios y gran complejidad "que no ha podido ser tramitada con mayor agilidad".Pese a ello, reconoce que se ha producido una dilación de más de dos años –por falta de motivación de la primera sentencia– no achacable a los acusados. De ahí que les aplique a todos la atenuante.

2. El tribunal considera que las escuchas telefónicas estaban justificadas y no cabe la nulidad. 

La defensa de Pinilla y otras intentaron desmontar las pruebas de las acusaciones impugnando las escuchas telefónicas, así como varias entradas y registros domiciliarios. Sin embargo, los magistrados dejan claro en el fallo que tanto las unas como los otros fueron plenamente válidos a los efectos probatorios.

3. La Audiencia podría ordenar el ingreso en prisión de los condenados cuyas penas superan los dos años. 

Como ocurrió con el primer fallo, todo apunta a que la sentencia de esta repetición parcial del juicio también acabará en el Tribunal Supremo. La Audiencia tiene ahora dos opciones: o decretar el ingreso en prisión de aquellos condenados con penas superiores a los dos años o esperar a que el Alto Tribunal se pronuncie y la resolución sea firme.

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