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Piden una nota de aprobado más baja para los opositores con discapacidad

El Justicia reclama a la DGA que se constituya la comisión autonómica para la inclusión, cuya creación lleva tres años de retraso.

OPOSICIONES DE PINCHES / FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA / 23/09/2018 / FOTO : OLIVER DUCH [[[FOTOGRAFOS]]]
Oposiciones a pinche del Salud celebradas el pasado septiembre en la Facultad de Medicina de Zaragoza.
Oliver Duch

En la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón el número de empleados con grado de discapacidad es de 829 personas, que suponen un 1,52% del total de trabajadores en nómina. Las previsiones legales establecen el objetivo del 2% de trabajadores con discapacidad. Para alcanzarlo, el Justicia de Aragón aboga por poner en marcha medidas de acción positiva que favorezcan el acceso de las personas con algún tipo de discapacidad como implantar una nota mínima para aprobar (nota de corte) más baja para este colectivo en las oposiciones que convoque el Departamento de Sanidad.

El Justicia Ángel Dolado plantea esta medida específica para compensar las desventajas derivadas de la discapacidad tras la denuncia presentada por una mujer, con una discapacidad reconocido del 44% y que está afectada, entre otras patologías, por esclerosis múltiple. Esta enfermedad le ocasiona fallos de memoria.

Esta persona se presentó en septiembre de 2018 al examen para conseguir una de las 81 plazas de pinche que ofertó el Servicio Aragonés de Salud, de las que una estaba reservada para ser cubierta por un aspirante con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En su queja, esta opositora planteaba la posibilidad de que en el turno de discapacidad, la puntuación exigida a los afectados por enfermedades degenerativas sea inferior a la que se pide con carácter general para el resto de aspirantes, dadas sus dificultades para acceder a un empleo a causa de su dolencia.

Esta institución también sugiere a Sanidad que se desvinculen las puntuaciones entre los aspirantes del turno libre y de discapacitados, "de modo que se favorezca la igualdad real de estos últimos", afirma en su resolución. Actualmente, al final del proceso se elabora una relación única en la que se incluyen todos los candidatos que han superado las pruebas selectivas, ordenados por la puntuación total obtenida, con independencia del turno en el que hayan participado.

El Justicia recuerda en su dictamen que ya ha realizado distintas sugerencias como esta «sobre la legalidad y oportunidad de la adopción de medidas de acción positiva» que auspicien la incorporación de las personas con discapacidad al empleo público.

En estos momentos su demanda adquiere más fuerza por la reciente ley de derechos y garantías de las personas con discapacidad aprobada por unanimidad en las Cortes de Aragón el pasado 21 de marzo. Esta normativa establece que en el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de las Administraciones públicas se garantice «el principio de igualdad de oportunidades y de trata de las personas con discapacidad».

Comisión por la inclusión

El Justicia recomienda también que se constituya de una vez la Comisión Autonómica para la inclusión de personas con discapacidad en la Función Pública, tal como establece un decreto de noviembre de 2015 por el que se aprueba el reglamento de medidas para esta incorporación. Aunque han transcurrido tres años, esta junta todavía no se ha se ha creado, si bien en 20’17 celebró tres reuniones y en 2018 tan solo mantuvo una.

El escrito del Justicia de Aragón recoge también algunas de las novedades de la ley de la discapacidad de Aragón que entrará en vigor a finales de junio. Así, regula que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 8% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, frente al 5% que fija el reglamento de personal estatutario y provisión de plazas del Salud. La provisión de ese 8% se llevará a cabo de tal manera que, al menos, el 2% de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y un 1% por personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

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