Sanidad

El Supremo abre la puerta a que miles de interinos del Salud accedan a la carrera profesional

Una sentencia del Alto Tribunal reconoce el derecho en Cataluña y podría extenderse al resto de comunidades.

Casi uno de cada dos adultos españoles sufre hipertensión.
CSIF ha pedido la convocatoria urgente de Mesa Sectorial de Sanidad.
HERALDO

Una sentencia del Tribunal Supremo ha abierto la puerta a que miles de interinos del Salud puedan acceder a la carrera profesional. Aunque la sentencia hace referencia al personal del Instituto Catalán de Salud, el sindicato CSIF aseguró ayer que este fallo «sienta jurisprudencia» y ha pedido la convocatoria "urgente" de la Mesa Sectorial de Sanidad para la modificación de los acuerdos de carrera profesional de Aragón de 2007, que no contemplan este reconocimiento.

El TS, según explica Redacción Médica, ha dictado una sentencia por la que el personal interino y eventual tienen el mismo derecho que el fijo, independientemente de que los acuerdos de las diferentes comunidades digan lo contrario. Así, en Aragón podrían beneficiarse, según cálculos de CSIF, unas 4.000 personas. Incluso el sindicato también apunta la posibilidad de que esta sentencia afecte en extensión a todo el personal interino e eventual del Gobierno de Aragón. Aunque habría posibilidad de recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, algunos letrados lo han rechazado al no violarse ningún derecho fundamental.

La carrera profesional es una manera de progresión individual en el sistema en el que se valoran diferentes méritos de los profesionales, como formación o cumplimiento de objetivos especialmente los referentes a su actividad asistencial. Cada cinco años de trabajo van ascendiendo (siete en el caso de que se quiera acceder al último nivel), con un plus económico de acuerdo a la categoría.

Así, por ejemplo, un licenciado que tenga reconocido el nivel I de carrera profesional recibe una compensación anual de 3.629 euros al año y un diplomado de 2.540. Mientras, el personal no sanitario de gestión y servicios podrá cobrar, según el grupo al que pertenece, una retribución que puede oscilar entre los 1.179 euros a los 2.571 euros anuales.

El presidente del sector de Sanidad de CSIF, Evangelino Navarro, mostró su satisfacción ayer por la sentencia del Tribunal Supremo, ya que recordó que confirma lo que el sindicato ha reclamado en todas las comunidades para el personal interino. "La sentencia viene a ratificar doctrinas que ya estaban instaurándose en distintas comunidades autónomas", señaló.

En el caso de Aragón, explicó Navarro, además de no reconocerse este derecho al personal interino (solo se contempla para los trabajadores fijos), el Salud fue más alla e impuso, mediante una resolución, el nivel 0. Esto supone que para el acceso al nivel I, el profesional tiene que permanecer al menos cinco años en una plaza en propiedad. Un requisito que ha sido criticado en numerosas ocasiones por los profesionales sanitarios.

Tras conocer la sentencia que se ha hecho pública en las últimas horas, el Departamento de Sanidad aseguró que la estudiará y valorará qué aplicación tiene en la Comunidad aragonesa.

Otras reivindicaciones

Precisamente, esta sentencia coincide en el tiempo con otra reivindicación del personal no sanitario para cobrar el nivel III de carrera profesional. El Gobierno de Aragón paralizó en 2010 el abono del nivel 3 de su carrera profesional por cuestiones económicas. Esta medida afectó entonces a cerca de 3.000 trabajadores, aunque muchos de ellos ya estarían ahora jubilados. Estos trabajadores han convocado varias protestas en las últimas semanas.

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