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El TSJA anula parte del sistema de pago a los abogados de oficio

El tribunal dice que la DGA no justificó el recorte de los gastos de gestión de los expedientes que tramitan cada año.

OBRAS EN LA SEDE DEL TSJA ( ZARAGOZA ) / 09/08/2018 / FOTO : OLIVER DUCH [[[FOTOGRAFOS]]]
Imagen de archivo de la sede del TSJA, en Zaragoza.
Oliver Duch

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha declarado nulo un punto de la normativa que regula el turno de oficio tras estimar parcialmente una demanda presentada por el Colegio de Abogados de Zaragoza contra el decreto del Gobierno de Aragón que modificó la justicia gratuita en la Comunidad en 2016.

La entrada en vigor del nuevo sistema supuso, según los datos que facilitaron los tres colegios de abogados aragoneses entonces, un recorte de 350.000 euros en la financiación que venían recibiendo. La DGA rechazó los argumentos de los letrados, dijo que la nueva normativa suponía una mejor redistribución de los mismos recursos, no un recorte, y solo reconoció una reducción de la partida destinada a la conservación de infraestructuras de los colegios, que precisamente es el punto que ha anulado ahora la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Esta partida se destina a cubrir los gastos de funcionamiento del turno de oficio en los colegios de abogados: desde pagar al personal administrativo que gestiona los expedientes y al que elabora y coordina los turnos de guardia, así como el mantenimiento de los equipos y programas informáticos, por citar solo algunos conceptos. De acuerdo con la denuncia que hicieron en 2016 los decanos de los colegios y aún mantienen, reducir la financiación en este aspecto incidía directamente sobre la prestación del servicio.

En síntesis, la reforma que se introdujo cambiaba un sistema de compensación por expediente con un importe fijo (40,86 euros) por otro de porcentajes, por tramos, sobre el total de los turnos de guardia regulados.

Falta de justificación

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús María Arias, no critica la decisión del Gobierno de Aragón de cambiar el sistema de retribución de los letrados de oficio, pues considera que tienen competencias para ello, pero sí que apunta que la decisión que tomó el Ejecutivo en 2016 carece de justificación económica y esto no es admisible. "La fundamentación recogida en la memoria (...) se viene a sustentar en que es el criterio acogido por el resto de comunidades autónomas con competencias transferidas en Justicia", refiere el tribunal.

En ese sentido, el TSJA abunda en que el precio por expediente que se pagaba en Aragón hasta 2016 "era el más alto" de todas las Comunidades que tenían el mismo sistema, como también lo era el porcentaje de los gastos de funcionamiento sobre el total de los destinados a asistencia gratuita.

Pero esta situación, sostienen los magistrados, no eximía a la Administración de contar "con los oportunos informes o estudios" que confirmaran que la compensación que se venía satisfaciendo por estos gastos de infraestructura "superaban los realmente necesarios, por ser excesivos o desproporcionados", según la sentencia. En definitiva, apunta el tribunal, "la modificación carece de la necesaria y suficiente justificación, lo que determina su nulidad".

El decano del Colegio de Abogados de Zaragoza, Antonio Morán Durán, celebró este miércoles el sentido del fallo del TSJA. Aunque la sentencia solo les dé la razón en parte, Morán consideró que el tribunal ha estimado "la esencia del recurso" y que el sistema que se estableció "no es el adecuado".

"Que se garantice la calidad"

Según explicó el responsable colegial, el cambio de criterio efectivamente «deterioró» el servicio de justicia gratuita. El Colegio de Abogados de Zaragoza despidió a dos trabajadores del servicio porque no podía hacer frente a sus nóminas con los recursos económicos que llegaban de la DGA. Además, añade Morán, por este mismo motivo las oficinas del turno de oficio pasaron de abrir cinco días a la semana a cuatro.

El decano de Zaragoza cree que la sentencia es una "invitación" a que el Ejecutivo que dirige el socialista Javier Lambán se siente a hablar de nuevo de este tema con los colegios de abogados de la Aragón, a fin de establecer una financiación que garantice un turno de calidad y que satisfaga a las dos partes implicadas en el conflicto.

La sentencia no es firme y cabe recurso en el Supremo. Según confirmaron fuentes de la dirección general de Justicia, los servicios jurídicos de la DGA están estudiando las posibilidades de casación respecto al punto anulado.

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