En el Registro de Delincuentes Sexuales figuran 1.116 condenados en Aragón

Desde hace dos años se exige a los profesionales que trabajan con menores demostrar que no aparecen en él. Un juez acaba de declarar ilegal el Real Decreto que lo regula.

En el Registro de Delincuentes Sexuales figuran 1.116 condenados en Aragón
En el Registro de Delincuentes Sexuales figuran 1.116 condenados en Aragón
Archivo Heraldo

En el Registro Central de Delicuentes Sexuales figuran los nombres de 1.116 personas que fueron condenadas en Aragón con sentencia firme. Desde que entró en vigor el Real Decreto que lo regula, se exige un certificado de penales a todos los docentes, médicos, entrenadores o profesionales que vayan a estar en contacto con niños o adolescentes, de modo que aparecer en este registro les impide ocupar cualquier puesto de trabajo de este tipo durante un periodo de 30 años.

Sin embargo, un juzgado de Zaragoza acaba de declarar ilegal ese decreto y pone en duda que el contratador pueda exigir al aspirante a un puesto de trabajo acreditar 'estar limpio' de delitos sexuales.

Desde que se puso en marcha este registro en marzo de 2016, se han expedido en Aragón 104.221 certificados para tratar de trabajar con niños pero desde el Ministerio de Justicia no especifican cuántos de ellos 'han dado positivo' en la Comunidad por, según dicen, política de protección de datos. Eran catorce hasta junio de 2017. Ahora, la cifra podría haber aumentado.

Sí facilitan las cifras a nivel nacional. En el mismo periodo se han emitido en toda España casi cuatro millones de certificados (3,98) y 1.110 han dado positivo. Es decir, el sistema ha impedido trabajar con menores a 1.110 delincuentes sexuales condenados por abusos, violaciones, trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluida la pornografía.

La sentencia dictada hace unos días en la capital aragonesa -que todavía no es firme- no cuestiona el hecho de que se pueda limitar a los delincuentes sexuales el acceso a determinados puestos de trabajo. Lo que viene a decir es que la forma en que el Gobierno central reguló esta cuestión no fue la adecuada, ya que el Real Decreto entra en contradicción con el Código Penal. Esta norma, que es de rango superior, sí permite cancelar los antecedentes penales por delitos sexuales antes de 30 años por lo que el Real Decreto establece mayores limitaciones y eso, según el magistrado zaragozano, sobrepasa los límites legales.

La docente que planteó el recurso no estaba de acuerdo con que la DGA le exigiera un certificado para probar que no había cometido delitos sexuales. El juez le da la razón y dice que no procedía en una sentencia que podría llevar ahora a muchos otros profesionales que trabajan con niños o adolescentes a seguir sus pasos. La DGA deberá decidir ahora si recurre el fallo. De todas formas, el juez ya adelanta que cabría plantear una cuestión de legalidad del Real Decreto ante el Tribunal Supremo.

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