7 consejos para que no te timen cuando alquiles una vivienda

Estas son las recomendaciones de Adolfo Cortés, asesor Jurídico del CIPAJ y de la Universidad de Zaragoza, para evitarte unos cuantos sustos.

7 consejos para que no te timen cuando alquiles una vivienda
7 consejos para que no te timen cuando alquiles una vivienda

Antes de firmar un contrato de alquiler es importante que conozcas todo sobre la fianza del piso, sobre tus derechos y deberes como inquilino, con el fin de evitar problemas posteriores. Por eso Adolfo Cortés, asesor jurídico del Cipaj y de la Universidad de Zaragoza, te ofrece algunos trucos que os pueden evitar algunos sustos y hacer vuestra estancia más segura y cómoda.

7 consejos para evitar terminar en el Juzgado

Exige el contrato por escrito. Para evitar la dificultad de probar en un posterior juicio, en el caso de que sea necesario, lo pactado en contratos verbales. Hay que prevenir y pensar en la posibilidad de que surjan discrepancias entre el arrendador y el inquilino. Asegúrate de que el arrendador es el propietario de la vivienda para evitar estafas. Pide al arrendador que te enseñe y facilite sus datos personales, DNI y el título de propiedad de la vivienda o en su defecto recibo o justificante de pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, en el cual debe figurar nombre. Se puede comprobar quién es el propietario de la vivienda con la referencia catastral de la misma y sus datos personales, pidiendo una nota simple en el Registro de la Propiedad de la ciudad donde este localizada la vivienda. Se están dando casos en los que particulares alquilan viviendas que no son de su propiedad. Puede tratarse de viviendas que sean propiedad del banco y que se trate de un domicilio embargado por un proceso de desahucio o, bien que se trate de un subalquiler, es decir que un supuesto propietario alquile a un tercero una vivienda alquilada por él, sin tener derecho a ello según su contrato inicial con el propietario. No firmes el contrato sin revisar antes la vivienda y comprobar que está en perfecto estado. Comprueba que la vivienda no tiene daños y haz fotos de la misma. Si la vivienda se alquila amueblada, detalla en el contrato los bienes que se encuentran en ella y el estado de los mismos, realizando fotografías y, si es posible, adjuntándolas al contrato. Cualquier daño que haya en la vivienda tiene que quedar reflejado en el contrato, lo que os evitará posteriores problemas con el arrendador en el momento de dejar la vivienda y recuperar la fianza que dejásteis al entrar en ella. La fianza se debe entregar en metálico en el momento de la firma del contrato de alquiler. La finalidad de la fianza es que el propietario disponga de un dinero con el que responder de los posibles daños que se produzcan en la vivienda. Un problema que se produce con cierta frecuencia es que los inquilinos no abonen el último mes de renta a cuenta de la fianza dejada en el momento del contrato y abandonen la vivienda sin dejar constancia de que se entrega en perfecto estado, ya sea a través de fotos o de un documento firmado entre ambas partes, en el que conste la fecha en la que finaliza el contrato de arrendamiento, a la vez que se entregan las llaves y el propietario comprueba que la vivienda se entrega sin daños. Sin ese acto, si surgen problemas posteriores, es complicado demostrar que la vivienda se ha entregado en perfecto estado. La clausula de un año de obligado cumplimiento para el arrendatario, es nula de pleno derecho. El plazo mínimo de obligado cumplimiento para el inquilino es de 6 meses. Pasado dicho plazo, cualquier inquilino puede dejar la vivienda, únicamente tiene que avisar al propietario con un mes de antelación. Si se pacta un periodo de arrendamiento inferior a 3 años de duración, el contrato se prorroga automáticamente al finalizar la duración pactada (puede ser al año) hasta cumplirse el plazo de 3 años. Avisa por escrito de la fecha de abandono de la vivienda y entrega de llaves. Un problema bastante frecuente es que el inquilino comunica por teléfono la fecha de abandono de la vivienda y luego, si surgen problemas, no puede probar este dato en un juicio. Hay que avisar o bien por escrito (correo electrónico o burofax con acuse de recibo, o bien carta que deberá firmar también también el propietario), lo que evitara futuras reclamaciones que se nos puedan realizar en un futuro. Mandar un 'whatsapp' diciendo que se abandona una vivienda, no es la mejor manera, dado que los mensajes se pueden manipular y crear conversaciones falsas, a pesar de que los juzgados lo están empezando a admitir. Firmar entre ambas partes un documento de entrega de llaves y en el que se especifica que la vivienda está en perfecto estado de uso y conservación. Los mayores problemas que surgen son en relación a los daños que tenga la vivienda. Por ello, si se firma un documento por el que por escrito se especifica que la vivienda se entrega en perfecto estado de uso y conservación, se pueden evitar problemas posteriores.Como siempre, os animamos a que hagáis uso de la Asesoría Jurídica del CIPAJ y de la Universidad para resolver cualquier duda que tengáis sobre este tema o sobre cualquier otro aspecto legal.

- Ir al suplemento de Heraldo Joven

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión