El precio de hacer botellón y otras infracciones

¿Sabes a cuánto asciende la multa por beber u orinar en la calle? ¿Y por estropear zonas verdes?

Restos de botellón en el entorno del Club Náutico.
Restos de botellón en el entorno del Club Náutico.
PSOE

En el año 2014 se modificó la ordenanza municipal que regula la protección del espacio urbano en Zaragoza. ¿Protegerlo de qué? De violencia contra el mobiliario público, de suciedad provocada por pintadas, botellones y orín, de estropear zonas verdes… De conductas incívicas, definitivamente, que además de tener un coste para la sociedad, pueden alcanzar sanciones económicas para ti.

¿Sabes cuál puede ser el precio de hacer botellón en el parque Grande? ¿O de hacer pis entre dos coches o en el portal de una tienda? ¿O de pintarrajear una pared sin una autorización oficial? Las sanciones son proporcionales a la infracción, por lo que las cuantías de las multas pueden ser variables. Así, tal y como dicta la ordenanza municipal, “toda clase de grafiti, pintada, mancha, escrito, inscripción o grafismo con cualquier material sobre cualquier elemento del espacio público” se considera una infracción grave. Lo mismo sucede con “las reuniones en la vía pública o lugares de tránsito público con ingesta de bebidas alcohólicas, cuando con esta actividad se impida o dificulte la circulación rodada, el tránsito peatonal, se perturbe la tranquilidad ciudadana o el derecho de descanso de los vecinos o se genere una alteración de las condiciones ambientales por el abandono indiscriminado, fuera de los contenedores de recogida selectiva, de residuos y basuras […]. Las zonas verdes también gozan de especial protección, por lo que la manipulación maliciosa sobre árboles y plantas o el deterioro malintencionado de césped, jardines, ornamentos, cerramientos o cualquier elemento urbano de parques y jardines, también es una infracción grave. ¿Cómo se pagan este tipo de infracciones? A continuación tienes unos ejemplos.

Hacer botellón: se considera una infracción leve, por lo que se sanciona con multas de entre 50 y 250 euros. Los agentes de la autoridad pueden así mismo retirar las bebidas. Hacer necesidades fisiológicas en espacios públicos: infracción leve, entre 50 y 250 euros. Si se agrava el impacto por determinadas conductas, la multa puede ascender a 500 euros. Encender fuego o ensuciar las vías: dependiendo de el "volumen o naturaleza de los residuos y de su impacto a terceros", se sancionará con multas de entre 251y 500 euros. Tirar residuos (pequeños) a las vías públicas: entre 50 y 80 euros. Pintar grafitis o cualquier otro grafismo: entre 50 y 250 euros, ya que se considera leve.Por otra parte, “el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares”, es una falta grave, por lo que se aplicaría la misma sanción, que podría llegar a los 1.500 euros.

Existen no obstante alternativas a la sanción económica para determinados casos, como charlas y cursos, programas de formación, realización de trabajos en beneficio de la comunidad, etc. Todas ellas van dirigidas a compensar las lesiones causadas por la infracción. Para acogerse a este tipo de actividades existen unos requisitos imprescindibles.

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